El Servicio de Administración Tributaria (SAT) agregó a una lista previa de 100, siete nombres de presuntas empresas factureras, luego de detectar que emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
El SAT indicó que detectadas las actividades mencionadas y en cumplimiento al artículo 69-B, párrafo segundo, del Código Fiscal de la Federación, así como al numeral 69 del Reglamento del código, se emitió un oficio de presunción individual a cada uno de los contribuyentes mencionados, en el cual se indicaron los motivos y fundamentos por los cuales se les señaló y se les notificó.
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Los presuntos factureros agregados al listado fueron los siguientes:
- COMERCIALIZADORA DE HERRAMIENTAS Y EQUIPO HERRCOM, S.A. DE C.V
- DISEÑO E INGENIERÍA ESPONDA, S. DE R.L. DE C.V
- GENERADORA DE SERVICIOS NACIONALES G.S.N., S.A. DE C.V.
- LUKA BUSINESS STRATEGIC S.A. DE C.V.
- RAMIREZ RUIZ JOSE OMAR
- SKINGRA SERVICES, S.A. DE C.V.
- THANNER, S.A. DE C.V.
En los oficios de presunción individual las autoridades fiscales otorgaron a cada contribuyente un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios.
Si transcurrido el plazo concedido no aportaban la documentación e información y/o la que exhibieran, una vez valorada, no desvirtuaba los hechos señalados en los oficios de mérito, se procedería por parte de las autoridades primero a notificarles la resolución individual definitiva, así como a la publicación de sus nombres, denominaciones o razones sociales en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos.
GGA