SAT: ¿Rentas una casa? Bajo este régimen debes darte de alta

Estar registrado bajo dicho régimen es de carácter obligatorio.

SAT y el régimen de arrendador| Especial
Ciudad de México /

Muchas veces rentar una casa puede significar un ingreso extra para las personas, por lo que es de suma importancia que si tienes uno o varios bienes que arrendar, te des de alta de manera correcta en el SAT.

Es decir, tienes que aparecer como arrendador ante el Servicio Administración Tributaria por las obligaciones fiscales que necesitas cubrir en la declaración anual.

Recuerda que debes agendar una cita en el SAT y las obligaciones que debes cumplir están estipuladas en el Código Fiscal de la Federación, Ley del IVA, la Ley del ISR, y demás reglas de carácter general.

¿Cómo darte de alta como arrendatario?

Si vas a comenzar a rentar un bien o un inmueble como un local o un edificio, debes darte de alta como arrendador ante el SAT, por lo que necesitas hacerlo en el servicio solo seleccionando dicha opción.

Por otra parte, una vez que estés dado de alta en el SAT bajo dicho régimen, debes saber que comenzarás a cumplir con algunas obligaciones que estipula el Servicio.

  • Podrás deducir hasta el 35% de los ingresos totales por el arrendamiento.
  • Debes mantener actualizado tu domicilio en cualquier momento
  • Llevar tu contabilidad en caso de que decidas realizar deducciones propias de esta actividad.
  • Si percibes ingresos por arrendamiento de casa habitación y además obtienes ingresos por sueldos y salarios, asimilados a salarios o ingresos por intereses, puedes optar por efectuar pagos provisionales trimestrales del ISR por el arrendamiento de casa habitación.
  • Si tienes deducciones personales puedes disminuirlas en tu Declaración Anual.
  • Si tus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no excedieron de 4 millones de pesos, quedarás relevado de enviar la contabilidad electrónica.

Ahora que ya conoces cuáles son las obligaciones como arrendatario, no olvides que es de carácter obligatorio estar registrado bajo dicho régimen para evitar una sanción con el SAT.

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