SAT avanza en simplificación para optimizar la atención al contribuyente

A partir de octubre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) simplifica los trámites de RFC y e.firma.

SAT recaudó 2.3 billones de pesos de grandes contribuyentes en 2023.
México /

El jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Antonio Martínez Dagnino, junto con los administradores generales, visitó la administración desconcentrada Norte de la Ciudad de México para dar seguimiento a las acciones de simplificación con el objetivo de optimizar la atención al contribuyente, escuchando sus necesidades de primera mano.

Trámites simplificados para RFC y e.firma

A partir de octubre, y con el objetivo de apoyar a los contribuyentes, el SAT informó que simplifica los trámites de RFC y firma electrónica (e.firma). 

Además, otorga facilidades a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) y agiliza la obtención de la Constancia de Situación Fiscal.

La dependencia explicó que para el trámite de inscripción en el RFC para personas físicas y morales ya no se requiere que el contribuyente realice la preinscripción en el portal del SAT previo a su cita.

Renovación de e.firma y Constancia de Situación Fiscal

Para la inscripción en el RFC y e.firma de personas físicas, sólo es necesario presentar la credencial para votar vigente expedida por el INE con domicilio visible y completo, ya que no es necesario presentar la CURP ni comprobante de domicilio.

La renovación de la firma electrónica para personas físicas con menos de un año vencida puede realizarse por canales remotos. 

Si se hace en oficinas, sólo se necesita una memoria USB y la identificación mediante huella digital.

Nuevas medidas para el Resico

El SAT destacó que los contribuyentes que tributan en el Resico están exentos de presentar declaración anual y solo deben hacer pagos mensuales. 

Además, quienes se dedican a actividades como agricultura, ganadería, pesca, silvicultura, y sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.

Las personas físicas que salieron del Resico pueden reincorporarse presentando un caso de aclaración o un aviso de actualización de actividades ante el SAT.

Con esta versión, se corrigen los errores ortográficos y se incluyen los tres subtítulos para darle mayor estructura a la nota.

VHIT

  • Fernanda Murillo
  • Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), foodie y swiftie. Actualmente reportera del sistema financiero, macroeconomía, organismos financieros y banca multilateral internacional, mercado de valores, agentes y mercados globales.

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