¿Qué documento del SAT es OBLIGATORIO desde el 1 de abril del 2024 y para quiénes aplica?

Con el objetivo de facilitar la emisión de comprobantes fiscales y sus complementos, el SAT anunció algunas modificaciones obligatorias.

Las modificaciones del SAT en la emisión de facturas ayudará a fortalecer el comercio formal | MILENIO
Ciudad de México /

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) organismo encargado de administrar las obligaciones fiscales del país, anunció que a partir del 1 de abril, algunos contribuyentes tendrán que emitir sus facturas con un documento obligatorio.

A continuación te decimos de qué documento se trata, quiénes deben tramitarlo y cuáles son los beneficios.

¿Qué documento será obligatorio a partir del 1 de abril?

El SAT indica a través de su portal que a partir del 1 de abril de 2024, únicamente será válida la emisión del CFDI versión 4.0 con la versión 3.0 del complemento Carta Porte. Esto es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y/o mercancías en territorio nacional por medio de las siguientes vías:

  • Terrestre.
  • Marítima.
  • Aérea.
  • Ferroviaria.

El complemento Carta Porte en su versión 3.0 se debe estar utilizando desde el 25 de noviembre de 2023. Debido a que del 1 de enero de 2023 al 31 de enero de marzo de 2024, se define como período de convivencia entre la versión 2.0 y 3.0 del complemento Carta Porte.

La Carta Porte versión 3.0 se trata de un documento fiscal digital que se emite para amparar el traslado de mercancías en el territorio nacional, con el objetivo de combatir el contrabando y brindar certeza de los bienes que se transportan.

Factura SAT con complemento Carta Porte en versión 3.0 | Archivo

Este documento se entiende como un conjunto de información de los bienes, ubicaciones (origen y destino), así como los datos del medio de transporte, todo esto se incorpora a una factura electrónica.

La autoridad tributaria reitera que la información registrada en el complemento Carta Porte está protegida por el secreto fiscal y ayuda a fortalecer el comercio formal y combatir la competencia desleal, al ser regularizada.

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Entre sus beneficios se encuentra:

  • Identificar a detalle las mercancías para tener la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue.
  • Conocer el origen y destino de las mercancías, para los casos de verificación aleatorios que permitan anticiparse a los riesgos o amenazas en el traslado.
  • Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.
  • Contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
  • Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su legal estancia y/o tenencia durante su traslado.
  • Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.


  • Wendy González Perez
  • wendy.gonzalez@milenio.com
  • Comunicóloga egresada de la UABC. Editora digital de Discover Milenio, vivo del Internet y las tendencias, especializada en temas soft y SEO. En mis tiempos libres, amateur del cine.

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