Declaración Anual 2025: Empresas ya pueden presentar su informe fiscal

El periodo para cumplir con esta obligación fiscal inició el pasado 1 de enero y concluye el 31 de marzo de 2026.

Oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Foto: (Cuartoscuro)
Ciudad de México /

Las empresas mexicanas ya pueden presentar su declaración anual 2025, desde el 1 de enero y hasta el 31 de marzo de 2026, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El órgano recaudatorio detalló que las fechas para presentar dicha obligación fiscal son las siguientes:


  • Las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación tienen hasta el 19 de enero para presentar la declaración del ejercicio por liquidación.
  • Las personas morales sin fines de lucro tienen hasta el 16 de febrero para presentar la declaración del ejercicio.
  • Los demás regímenes establecidos en el Título II de la Ley del impuesto sobre la renta y el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) tienen hasta el 31 de marzo para cumplir con este trámite.

El órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda destacó que en la nueva plataforma, la declaración anual cuenta con la siguiente información precargada:

  • Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
  • Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada en el ejercicio.
  • Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y Resico).
  • CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
  • Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.

Agregó que para enviar la declaración es necesario contar con e.firma vigente y con un servicio de banca electrónica.

Explicó que en caso de obtener un saldo a cargo, el pago debe realizarse mediante transferencia a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.

Además, precisó que si se requiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado, se deben presentar declaraciones complementarias.

Finalmente, explicó que cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago. Mientras que si el saldo es en ceros, tardará 24 horas en reflejarse.

Y recordó que desde el 1 de diciembre de 2025 se puso a disposición de los contribuyentes el simulador del Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza, para que las empresas visualicen la información que presentaron durante el ejercicio fiscal 2025.

MRA

  • Fernanda Murillo
  • Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), foodie y swiftie. Actualmente reportera del sistema financiero, macroeconomía, organismos financieros y banca multilateral internacional, mercado de valores, agentes y mercados globales.

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