SAT ofrece tasa preferencial de 15% para incentivar el retorno de capitales

El órgano tributario impulsará la repatriación de capitales con una tasa preferencial de ISR del 15 por ciento para fomentar inversión productiva en México.

La vigencia de este programa es hasta el 31 de diciembre de 2026. | Cuartoscuro
México /

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrecerá una tasa preferencial de 15 por ciento en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a quienes repatríen capitales y acrediten el origen lícito de los recursos, los cuales debieron mantenerse en el extranjero al 8 de septiembre de 2025.

Propósito del programa

Asimismo, el órgano tributario informó que esta medida forma parte del programa de repatriación de capitales, un esquema de incentivos fiscales orientado a facilitar el retorno o ingreso de recursos mantenidos fuera del país para destinarlos a inversión productiva y generación de empleo en el país, en el marco del Plan México.

De igual forma, precisó que el programa está dirigido a personas físicas y morales residentes en México o en el extranjero que cuenten con establecimiento permanente en territorio nacional y que busquen regresar o ingresar recursos que hayan tenido en el exterior.

El SAT señaló que este mecanismo se estableció en el Transitorio Vigésimo Cuarto de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2026.

Asimismo, precisó que los recursos deberán invertirse en México por tres años, destinándolos a las siguientes tareas:

  • Actividades productivas
  • Generar empleos
  • Pago de pasivos a favor de la Federación
  • Inversiones a través de bonos de deuda gubernamental

Vigencia y condiciones

Igualmente, el órgano tributario puntualizó que el retorno o ingreso deberá hacerse a través de operaciones realizadas entre instituciones de crédito o casas de bolsa constituidas en México, reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y entidades constituidas fuera del territorio nacional.

Además, detalló que la vigencia de este programa es hasta el 31 de diciembre de 2026 y los recursos que se retornen o ingresen durante el primer semestre, deben invertirse a más tardar el último día de este año.

Por último, el SAT destacó que las inversiones que retornen o ingresen durante el segundo semestre, deben invertirse a más tardar el 30 de junio de 2027.

AG

  • Fernanda Murillo
  • Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), foodie y swiftie. Actualmente reportera del sistema financiero, macroeconomía, organismos financieros y banca multilateral internacional, mercado de valores, agentes y mercados globales.

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