SAT incorpora a 10 empresas al listado definitivo de “factureras”

Los contribuyentes fueron notificados inicialmente de manera individual y posteriormente tuvieron un plazo de 15 días para presentar pruebas.

Las facturas emitidas por estas 10 empresas quedan invalidadas y sin ningún efecto fiscal para quienes las hayan utilizado. | Foto: Especial
Ciudad de México /
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) incorporó a 10 contribuyentes al listado definitivo previsto, luego de determinar que no lograron desvirtuar las observaciones realizadas por la autoridad sobre las operaciones amparadas con sus comprobantes fiscales.

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF), las autoridades fiscales detectaron que los contribuyentes señalados emitieron comprobantes fiscales sin contar con:

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  • Activos
  • Personal
  • Infraestructura
  • Capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparaban dichos comprobantes.

Señaló que los 10 contribuyentes fueron notificados inicialmente de manera individual y posteriormente tuvieron un plazo de 15 días hábiles para presentar manifestaciones, información y pruebas con las que buscaran desvirtuar los hechos señalados por la autoridad.

El SAT indicó que todos los contribuyentes incluidos en el listado sí presentaron argumentos y/o pruebas, por lo que la autoridad procedió a admitir y valorar la documentación entregada.

Sin embargo, tras ese análisis, las autoridades fiscales determinaron que las pruebas y argumentos presentados no desvirtuaron los hechos señalados en los oficios de presunción. Por ello, se emitieron las resoluciones definitivas correspondientes.

¿Qué empresas incluyó el SAT?

El listado está integrado por la siguientes empresas:

  • Castillo Casas Andres, con domicilio fiscal en Ciénega de Flores, Nuevo León.
  • Hernández Mejia Carlos Alberto, con domicilio fiscal en Pachuca de Soto, Hidalgo.
  • Malawi Construcciones, S.A. de C.V., con domicilio fiscal en Guadalupe, Nuevo León.
  • Pla Services and Commerce, S.A. de C.V., con domicilio fiscal en Matamoros, Tamaulipas.
  • Redicig, S.A. de C.V., con domicilio fiscal en General Escobedo, Nuevo León.
  • Reciclajes Empasc, S.A. de C.V., con domicilio fiscal en Santa Catarina, Nuevo León.
  • Servicios QFW, S.A. de C.V., con domicilio fiscal en Zapopan, Jalisco.
  • Tectne, S.A. de C.V., con domicilio fiscal en Santa Catarina, Nuevo León.
  • Trizo, S.A. de C.V., con domicilio fiscal en Santa Catarina, Nuevo León.
  • Yilmas Corporation, S.A. de C.V., con domicilio fiscal en Zapopan, Jalisco.

¿A qué se dedicaban?

De acuerdo con la autoridad fiscal, entre las actividades registradas de los contribuyentes aparecen:

  • Reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo industrial.
  • Construcción
  • Comercio de materiales metálicos
  • Servicios de ingeniería
  • Administración de negocios
  • Venta al por mayor

Además, el SAT señaló como motivos del procedimiento, según cada caso, la ausencia de activos, ausencia de personal, falta de infraestructura y falta de capacidad material.

Por ejemplo, en el caso de Castillo Casas Andres, la actividad preponderante registrada era la reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo industrial, mientras que Malawi Construcciones tenía actividades relacionadas con la construcción de naves y plantas industriales, vivienda e inmuebles comerciales, institucionales y de servicios.

¿Qué significa estar en el listado definitivo?

El SAT explicó que, una vez transcurrido el plazo correspondiente después de la notificación de las resoluciones definitivas y al no haber sido notificada de alguna resolución o sentencia que suspendiera, declarara la nulidad o revocara el procedimiento, procedió a incorporar a estos contribuyentes al listado definitivo.

De acuerdo con el DOF, el efecto es que con efectos generales, los comprobantes fiscales expedidos por estos contribuyentes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, conforme al quinto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

El SAT señaló que la publicación tiene como finalidad detener la facturación de operaciones inexistentes y dar a conocer a la sociedad quiénes son los contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.

PSAJ

  • Fernanda Murillo
  • Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), foodie y swiftie. Actualmente reportera del sistema financiero, macroeconomía, organismos financieros y banca multilateral internacional, mercado de valores, agentes y mercados globales.

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