¿En qué días el SAT tendrá sus vacaciones de diciembre 2022?

En el marco de las vacaciones de diciembre 2022, te decimos qué días cerrarán las oficinas del SAT.

SAT
Ciudad de México. /

Las fiestas decembrinas están cada vez más cerca, por lo que escuelas, oficinas e instituciones de gobierno detienen sus actividades con la finalidad de permitir a trabajadores y colaboradores disfrutar de las celebraciones.

Una de las tantas dependencias que otorga vacaciones a los empleados es el Servicio de Administración Tributaria (SAT), sin embargo, al tratarse de una oficina estrechamente ligada a la sociedad en materia de trámites y atención por ventanilla, resulta complicado para la población su cierre sus puertas.

Si eres un contribuyente que requiere de cumplir obligaciones en próximas fechas, no te preocupes, en MILENIO te decimos que días se mantendrá cerrado el SAT y los trámites que puedes realizar en línea.

¿Qué días el SAT estará de vacaciones?

De acuerdo con la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, documento elaborado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en conjunto con el SAT, publicado el 16 de agosto de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, el segundo periodo vacacional del SAT comprende del 19 al 30 de diciembre de este año.

Es importante destacar que, aún siendo días inhábiles, siguen siendo considerados como días válidos para la presentación de declaraciones y pago de contribuciones, en otras palabras, ninguna persona quedará exenta de cumplir sus obligaciones programadas para esos días, y quienes cuenten con citas ya programas para esos días serán atenidos por las guardias.

¿Qué trámites se puede ver en línea?

Existen trámites que los contribuyentes pueden realizar en línea en el portal del SAT, sin necesidad de agendar una cita o acudir de manera presencial a las oficinas de la dependencia, destacan: 

  • Actualización de actividades económicas y obligaciones.
  • Cierre y apertura de establecimiento.
  • Cambio de domicilio.
  • Generación y actualización de contraseña.
  • Reanudación y suspensión de actividades.
  • Habilitación del Buzón Tributario y registro de medios de contacto.
  • Consulta de trámite de devolución y modificación de la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Declaración de impuestos.

Para llevarlos a cabo es necesario contar con una contraseña o firma electrónica.

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