SCJN contribuye a fortalecer competencia en telecomunicaciones: The CIU

Corte se pronunció a favor de la competencia en el sector de telecomunicaciones al declarar la constitucionalidad de obligaciones impuestas a América Móvil, señala.

Torres de telecomunicaciones. | Archivo
Silvia Rodríguez
Ciudad de México /

La consultora The Competitive Intelligence Unit (The CIU) aseguró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contribuye a fortalecer la competencia efectiva en telecomunicaciones de México, pues en días recientes, se pronunció a favor de la competencia en el sector de telecomunicaciones al declarar la constitucionalidad de obligaciones impuestas al agente económico preponderante (América Móvil).

De acuerdo con la consultora, estas obligaciones son la imposibilidad de realizar subsidios cruzados o discriminación de tráfico entre redes de telecomunicaciones, la prohibición de establecer tarifas discriminatorias en los servicios que se originan y terminan en sus redes y fuera de estas, así como solicitar la aprobación de sus tarifas (mayoristas, al usuario final y entre sus subsidiarias).

The CIU recordó que hace prácticamente nueve años, América Móvil promovió un amparo en contra de estos preceptos establecidos por el Congreso de la Unión argumentando su inconstitucionalidad, al invadir la competencia del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), al tener un carácter privativo y transgredir los derechos de libertad comercial, libre competencia y concurrencia.

Abundó en que este juicio fue sobreseído en 2016 y se resolvió una negativa de amparo, por lo que recurrió al recurso de revisión ante la SCJN, quién emitió su resolución el pasado miércoles 7 de junio de 2023.

Así, añadió la consultora, en su resolución la SCJN reconoce que América Móvil desde su origen “ha detentado una importante participación en el mercado nacional de telefonía y datos móviles”.

Al mismo tiempo, que identifica que previo a la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) de 2014, que estableció la prohibición de discriminar las tarifas por servicios dentro (on-net) y fuera de la red (off-net), “se obtenía un mayor rendimiento del plan contratado cuando se utilizaba llamando o enviando mensajes de texto a usuarios que también mantenían contratos de planes de telefonía (con el AEP-T)”.

Precisamente, esas ventajas distorsionantes generaban incentivos para que los usuarios optaran por contratar sus servicios y permanecer con América Móvil, fenómeno que se denomina ‘efecto de club’, y frenaba el desarrollo de sus competidores, aunado al establecimiento de altas tarifas por la terminación de servicios en sus redes.

En este contexto, The CIU considera que la determinación de la SCJN es una decisión histórica que fortalece el marco normativo para la competencia efectiva en el sector de las telecomunicaciones en México. En otras palabras, deja ver que al futuro de la competencia efectiva contribuye de manera significativa el máximo órgano de control constitucional en el país.

AMP

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