La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) consideró que la exclusividad de Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) para la venta de turbosina en el país quedó eliminada desde que se publicó la Ley de Hidrocarburos en 2014.
El artículo noveno del reglamento de la Ley de Aeropuertos establece que sólo ASA puede suministrar este combustible, sin embargo, la dependencia dijo que dicho aspecto quedó rebasado con la legislación energética.
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Ello, abundó, se debe a que en la Ley de Hidrocarburos se habla de una total apertura y se indica que “se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley”.
De esta forma, la SCT expresó que la exclusividad de la entidad gubernamental en el mercado de turbosina quedó eliminada y resulta innecesario la derogación del artículo noveno.
La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) había solicitado a la dependencia de transporte que fuera eliminada la legislación donde se daba exclusividad de ASA, dado que era un obstáculo para la entrada de nuevos participantes y que hubiera precios competitivos.
“Con motivo de la entrada en vigor de la Ley de Hidrocarburos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, se materializó la derogación del artículo noveno transitorio del Reglamento de la Ley de Aeropuertos”, consideró la SCT.
GGA