¿Cómo te respalda un seguro en caso de un incendio en tu negocio?

En la industria de los seguros están previstos diferentes escenarios para los incendios.

En general, este tipo de seguros especifican que, en el caso de incendio, éste debe de producir flama. Foto: Archivo
Ciudad de México /

Hace unos días la mítica 'disco' o antro Baby'O, en Acapulco, sufrió un incendio que de acuerdo con las declaraciones de su dueño fue provocado por terceros, pero ¿sabes si este tipo de eventos el seguro te protege?

En la industria de los seguros están previstos diferentes escenarios para los incendios y ya que casi nada es a prueba de fuego. Más prevenir que lamentar, y por ello, es bueno contar con las medidas de protección necesarias para evitarlo.

La respuesta es sí, este tipo de seguro tiene distintas características dependiendo la aseguradora y la cobertura de la póliza que contrate el asegurado, pero en general ampara frente a los daños y pérdidas materiales que afecten al inmueble, ya sea para hogares, establecimientos comerciales o empresas.

Esta cobertura protege el inmueble como a lo que contiene en caso de un incendio, rayo o explosión. Así como los de origen natural, como pueden ser terremotos, huracanes e inundación o de carácter social como huelgas, disturbios, y protege tanto a propietarios como arrendatarios.

En general, este tipo de seguros especifican que, en el caso de incendio, éste debe de producir flama, y ser originado por un accidente o de forma fortuita. En el caso de Rayo, el daño debe ser consecuencia directa del mismo.

De acuerdo con la aseguradora Kayum, estas son las características de cobertura más comunes:

Explosión

Daños causados por una explosión, dentro o fuera del predio del asegurado. Están excluidas las explosiones en calderas, que deben de asegurarse por separado.

Naves aéreas, vehículos y humo

Los daños amparados son los causados por naves aéreas y/o vehículos que no son propiedad del asegurado ni se encuentran al servicio de éste.

Huelgas y albortos populares Ampara los daños directos causados por huelgistas o personas que participen en dichos movimientos. También ampara daños por vandalismo, sin embargo excluye hurtos por parte del personal del asegurado y daños consecuenciales.

Huracán y granizo

Daños causados en forma directa por granizo, huracán, ciclón y vientos tempestuosos.

Inundación

Se cubren daños causados por inundaciones.

Remoción de escombros

Gastos necesarios para dejar el bien siniestrado en condiciones de ser reparado o sustituido; incluye demolición, desmontaje, limpieza y otras actividades necesarias.

Terremoto

Ampara los daños materiales provocados directamente por terremoto y/o erupción volcánica.

Combustión espontánea

Cubre contra combustión que no se origina por una fuente de calor, sino por un proceso de oxidación de origen químico. Este evento sucede con materias como harina de pescado, semillas de girasol, abono orgánico, heno y harina de alfalfa entre otros.

Pérdidas consecuenciales

Son las pérdidas de cualquier ganancia así como gastos fijos y salarios que se tienen que seguir pagando a pesar de la paralización o entorpecimiento de las operaciones del negocio con motivo de un siniestro cubierto.

Sin embargo, algunas aseguradoras tienen restricciones del seguro de incendio en hoteles en costa (para riesgos hidrometeorológicos); aduanas, almacenes generales de depósito, o empresas cuya actividad principal sea almacenamiento (incluyendo supermercados, empresas distribuidoras y almacenamiento de gas LP u otro tipo de combustibles) y que no cumplan con los requisitos mínimos protección; aserraderos, casas de empeño, riesgos de siderúrgica, invernaderos, ingenios azucareros, centros comerciales con tienda ancla, industria química (dependiendo del productos, cines, circos, teatros, casinos, así como riesgos de minería.

¿Cómo se define la suma asegurada en un seguro de incendio?

En general, es el contratante del seguro quien define el monto de la suma asegurada ya que definir la suma asegurada no es responsabilidad de la aseguradora. Como tal, quien contrata adquiere la responsabilidad de definir el número correcto.

La suma asegurada es la cantidad que el contratante del seguro declara como “valor de los bienes”. Esa cantidad representa la responsabilidad máxima de la aseguradora, es el pago máxima que hará en caso de un siniestro.

Conforme mayor sea el valor declarado de los bienes, mayor será el costo del seguro; por ejemplo, una póliza para un edificio con valor declarado de 20 millones de pesos, costará más que una póliza para un edificio con valor declarado de 10 millones.

Si el valor declarado en la solicitud resulta menor al valor que tengan los bienes al momento de un siniestro, la aseguradora aplicará la cláusula de proporción indemnizable. En el ejemplo del párrafo anterior, si el valor del edifico es de 20 millones, y se contrató un seguro por 10 millones, la aseguradora pagará el 50 por ciento del siniestro, incluso cuando el siniestro no rebase los 10 millones de pesos.

Debido a que es el asegurado quien define el monto de la suma asegurada, se considera que ésta no prueba la existencia ni el valor de los bienes asegurados, simplemente limita la responsabilidad de la aseguradora.

MRA

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