Sener emite reglas para terminar contratos petroleros por “fuerza mayor”

Las empresas que deseen invocar esta figura deberán presentar una notificación a la Sener, donde se deberá acreditar el nexo causal entre el evento y el incumplimiento

Instalación de petróleo en el Golfo. Reuters
Yeshua Ordaz
Ciudad de México /

La Secretaría de Energía (Sener), a cargo de Luz Elena González Escobar, publicó un acuerdo que determina los requisitos y el procedimiento para terminar contratos petroleros a través de la figura de “casos fortuitos o de fuerza mayor”.

La dependencia indicó que el objetivo es brindar certeza jurídica a los contratistas al establecer un proceso claro y detallado para solicitar y evaluar la interrupción de obligaciones contractuales debido a eventos excepcionales e imprevisibles.

Precisó que el caso fortuito o de fuerza mayor se define como aquellos actos o hechos que impiden al contratista cumplir con sus obligaciones, siempre que sean ajenos a su control, no sean resultado de dolo o culpa y no puedan evitarse con acciones diligentes.

Algunos ejemplos incluyen fenómenos naturales, como huracanes, terremotos, inundaciones, epidemias, cuarentenas o huelgas, y se excluyen las dificultades económicas o cambios en las condiciones del mercado.

Las empresas que deseen invocar esta figura deberán presentar una notificación a la Sener, donde se deberá acreditar el nexo causal entre el evento y el incumplimiento, así como documentar las acciones diligentes realizadas para evitarlo.

Sener explicó que podrá desechar el caso fortuito si se descubre que el incumplimiento se deba a violaciones del contrato por parte del contratista o que sea subsanable mediante otros mecanismos previstos en la normatividad.

Además se establece que si las actividades petroleras se interrumpen de manera continua por dos años o más debido a un caso fortuito reconocido, las partes podrán, de mutuo acuerdo, dar por terminado el contrato.

Con estas reglas, la Sener busca optimizar y dar transparencia al proceso, garantizando que la figura del caso fortuito se aplique para los eventos excepcionales que contempla la ley y los contratos, y no como un mecanismo para eludir obligaciones.

El consultor especializado en regulación energética Rolando de Lassé explicó que esto marca un paso positivo hacia la certidumbre en la administración contractual del sector hidrocarburos.

“Lo más valioso de estos nuevos lineamientos es que eliminan la ambigüedad sobre el proceso de resolución. Ahora sabemos con exactitud qué elementos se requieren para que una notificación proceda a análisis de fondo y, crucialmente, cuáles son las causales específicas de desechamiento inmediato”, señaló.
Añadió que con esta medida “se traza un mapa preciso del flujo interno en la Sener definiendo quién opina y quién resuelve en cada etapa”.


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