La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) modificó el título de asignación otorgado el 23 de diciembre de 1999 en favor de la empresa de participación estatal mayoritaria Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec.
De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que modifica "El título de asignación" a fin de incorporar a la asignación la operación, explotación y prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga y pasajeros en los tramos de las líneas "Z", "ZA" y "FA" que corren de Coatzacoalcos a Medias Aguas, de Hibueras a Minatitlán y de Coatzacoalcos a El Chapo, respectivamente, así como los bienes del dominio público que se encuentran en dichos tramos y para establecer derechos de paso a favor de Ferrosur respecto a los tramos que se incorporan.
Los tramos de la vía general de comunicación ferroviaria, que corresponden a la Vía del Sur, son los siguientes:el tramo Coatzacoalcos - Medias Aguas, del km Z-4+709 al Z-95+928; el tramo Hibueras - Minatitlán, del km ZA-0+000 al ZA-11+080; y el tramo Coatzacoalcos - El Chapo, del km FA-0+000 al FA-18+000."
La SICT podrá otorgar concesiones a terceras personas o derechos a otros concesionarios para que, dentro de las vías señaladas, presten servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, cuando el asignatario deje de contar con derechos de exclusividad, siempre que sea factible económica y técnicamente, sea congruente con las tendencias internacionales en la regulación ferroviaria y exista reciprocidad especialmente en el caso de convenios internacionales.
Asimismo, se modificó el anexo "Derechos de arrastre y derechos de paso que el asignatario está obligado a otorgar", en el cual se detalla la nueva configuración de los derechos de paso a favor de Ferrosur respecto a los tramos de las vías férreas del km Z-4+709 al Z-95+928, tramo Coatzacoalcos - Medias Aguas; del km ZA-0+000 al ZA-11+080, tramo Hibueras - Minatitlán y del km FA-0+000 al FA-18+000, tramo Coatzacoalcos - El Chapo.
La SICT precisó que Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec recibirá de Ferrosur, y este último tendrá la obligación de pagarle una contraprestación máxima respecto al equipo de arrastre de 4.10 pesos por cada carro-kilómetro recorrido y respecto al equipo tractivo, de 8.20 pesos por cada locomotora-kilómetro recorrido, por dicho equipo ferroviario de Ferrosur que circule sobre los tramos señalados, utilizando los derechos de paso que le correspondan a Ferrosur.
Esta tarifa será ajustada automáticamente y sin necesidad de una acción adicional los 1 de junio de cada año, en la misma proporción en la que varíe el Índice Nacional de Precios al Consumidor, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en relación con el año calendario inmediato anterior.
Asimismo, Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec deberá otorgar derechos de paso a favor de Ferrosur en la vía corta Istmo de Tehuantepec, entre Medias Aguas (Km Z-95+928 = G-299+869) y Salina Cruz (Km Z-303+304), a los trenes consolidados entre Medias Aguas y Salina Cruz para dar servicio a las estaciones de Salina Cruz, Tehuantepec, Ixtepec, Lagunas, Matías Romero y Medias Aguas.
MRA