Juez anula suspensión de Telegram en España; orden es “excesiva y no proporcional”, consideró

El bloqueo a Telegram no se hizo efectivo en ningún momento, aunque el juez pidió a la Comisaría General de Información un informe.

Servicios de envío de paquetería. (Archivo)
José Antonio López
Madrid /

El juez de la Audiencia Nacional española Santi Pedraz reculó su decisión y finalmente no ordenará suspender cautelarmente la aplicación Telegram, una decisión llena de polémica que le llevó a recibir críticas de varios sectores.

El pasado viernes había considerado cerrar Telegram por ser la única medida “proporcional” y “necesaria” frente a las violaciones de derechos de propiedad intelectual, sin embargo, hoy reconoció que la orden es “excesiva y no proporcional”.

El magistrado dictó un auto en el que dejó “sin efecto” la medida cautelar de cerrar la popular red social que ordenó el viernes en respuesta a una denuncia presentada por Mediaset, Antena 3 y Movistar ante la difusión de contenidos protegidos por derechos de autor.

El bloqueo a Telegram no se hizo efectivo en ningún momento, aunque el juez pidió a la Comisaría General de Información un informe sobre las “características” de la aplicación de mensajería y sobre “la incidencia” que podría ocasionar en sus usuarios el bloqueo de sus servicios.

De esta manera, antes de las 14.00 horas (horario peninsular), la orden de suspensión de Telegram quedó supeditada al análisis de un informe policial y las consideraciones que de él hiciera el juez Pedraz. 

Pero el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional rectificó su posición, según un comunicado del organismo judicial, tras recibir el mencionado informe.

“Si se acordara la suspensión (de la aplicación) lo cierto es que supondría un claro perjuicio a aquellos millones de usuarios que la utilizan”, reconoció Pedraz.

En el auto dictado el pasado viernes, el instructor de la Audiencia Nacional argumentaba que la medida acordada era “necesaria, idónea y proporcional”, y más aún, no tenía “alternativa”.

Aquel primer escrito explicaba que el pasado julio la Audiencia Nacional envió una comisión rogatoria a las autoridades de las islas Vírgenes. A través de este mecanismo de cooperación internacional, con el fin de obtener “determinados datos técnicos” para identificar a los usuarios que habían cometido las infracciones.

Pero la información, necesaria para continuar con las pesquisas, nunca llegó. Las autoridades de las Islas Vírgenes no colaboraban y los delitos denunciados se seguían cometiendo de forma “reiterada”, por lo que el juez tomó la decisión de cerrar Telegram en España.

Según defendió, la decisión era idónea y “proporcional ante la gravedad de la conducta denunciada”. Además, recalcó, está amparada por el artículo 13.2 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre la instrucción de delitos cometidos a través de internet. La norma contempla como posibles medidas cautelares ante estos delitos “la retirada provisional de contenidos ilícitos”, así como "la interrupción provisional de los servicios que ofrezcan dichos contenidos”.

La orden de bloqueo conocida el viernes ha causado gran revuelo mediático, de forma que en el auto dictado este lunes al mediodía el propio Pedraz reconoció que “a raíz de la publicación en medios de todo tipo del acuerdo de suspensión, se constata un hecho notorio que este instructor no puede ignorar: la posible afectación de múltiples usuarios”.

“Sin perjuicio de que es sabido que dicha plataforma es utilizada también para actividades delictivas, son más que múltiples usuarios de todo tipo que han optado por utilizar Telegram”, aceptó el juez finalmente.
“Si se acordara la suspensión, lo cierto es que supondría un claro perjuicio a aquellos millones de usuarios que la utilizan”, añadió el auto, “la mayoría sin vinculación alguna con actividades ilícitas” e incluso “se les impediría realizar labores de índole profesional”.

Una vez reconocido que la medida acordada era “excesiva”, Pedraz asumió también que podría no ser “idónea”, dado que los usuarios “podrían utilizar una red VPN o un proxy para acceder a Telegram”.

De acuerdo a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), 18 por ciento de los internautas españoles utilizan Telegram habitualmente.

PML

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