Tribunal abre la puerta a amparos por tarifas de CFE

Alza de precios. Aunque la suspensión provisional se otorgó solo a la firma El Retiro, filial de Grupo México, sienta un precedente para otras compañías energéticas.

Uso de las líneas de transmisión y distribución, el problema. (Shutterstock)
Rubén Mosso y Yeshua Ordaz
Ciudad de México /

Un tribunal federal otorgó una suspensión provisional a la compañía Eólica El Retiro para frenar los aumentos en las tarifas que deben pagar las centrales de generación privada —construidas previo a la reforma energética— a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por la transmisión y distribución de energía eléctrica, las cuales fueron validadas por la Comisión Reguladora de Energía (CRE).

El fallo del tribunal está por encima de lo dicho previamente por un juez, por lo que si bien la resolución fue a favor de una sola empresa, con esto se abre el camino para que todas las firmas energéticas privadas afectadas por la subida repentina de tarifas, se beneficien.

El segundo tribunal colegiado de distrito en materia administrativa especializado en competencia económica resolvió por unanimidad otorgar una suspensión provisional a El Retiro por considerar que “la tarifa anterior fue diseñada con la intención de promover el mercado de las fuentes de energía renovables”. 

El Retiro está en Juchitán de Zaragoza, Oaxaca, y es parte de los proyectos de la división de energía de Grupo México.

Este es el primer pronunciamiento de un tribunal colegiado, luego de que el juez Juan Pablo Gómez Fierro, titular del juzgado segundo de distrito en materia administrativa especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, rechazó conceder suspensiones provisionales.

En días pasados un juez negó alrededor de seis suspensiones y otro no las admitió a trámite por considerar que no son casos urgentes. El aumento era de entre 500 y 800 por ciento en las tarifas de porteo que deben pagar las centrales eléctricas, incluidas renovables, a la CFE.

Los magistrados indicaron que un aumento repentino y en un importe mayor al que se venía cubriendo, tendrá un impacto inflacionario en el costo de la generación de energía y en todos los bienes o productos finales e intermedios con los que están relacionados los titulares de los contratos. 

“Sobre todo los autogenerados (que básicamente generan energía para consumo propio), pues lógicamente en principio, estos incrementos no los absorberán los titulares de dichos contratos sino que los trasladarán a los usuarios finales de cada bien o producto con que se encuentren relacionados”. 

Los magistrados también prevén que el “efecto inflacionario abrupto” ocasione consecuencias que trasciendan a las empresas, como la inviabilidad de proyectos, falta de capacidad para competir en sus mercados, reducción de empleos y, de manera extrema, el cierre de algunas de sus operaciones, “sino que también tendría el potencial de impactar en el tránsito al uso de tecnologías y combustibles más limpios”. 

De proceder el ajuste en el costo se prevé afectaciones a empresas que están bajo el esquema de autoabastecimiento como Bimbo, Barcel, Nestlé, Telmex, tiendas Soriana o Ford Motor Company, entre muchas otras, incidiendo en sus costos energéticos, lo que a su vez puede traducirse en subir el precio final de los productos o servicios que comercializan.

El fallo ordena a las autoridades aplicar las tarifas que se encontraban vigentes en 2017. Asimismo, deja claro que para no generar un perjuicio económico para la CFE Intermediación de Contratos Legados, la empresa tiene un plazo de cinco días para otorgar una garantía por una cantidad equivalente a la diferencia entre las tarifas aplicables antes de los actos reclamados y las tarifas previstas en éstos, o de lo contrario la suspensión dejará de tener efectos. 

El expediente menciona que la resolución de la CRE derivó de la existencia de un déficit que se pretende corregir, pero no se tiene información que permita estimar que la falta de pago de las tarifas reclamadas comprometa la prestación del servicio de transmisión de energía eléctrica.

IMPACTO ECONÓMICO

Las tarifas incrementadas por la CRE afectan a las sociedades de autoabasto, donde fundamentalmente hay usuarios comerciales e industriales quienes recibirán un impacto inmediato, al tener que asumir un mayor costo por la energía, explicó Francisco Salazar, socio fundador de Enix.

En un webinar organizado por la Comisión de Energía de Tamaulipas, Salazar dijo que la medida del aumento va en contra de lo que dispone la Ley de la Industria Eléctrica donde no podía haberse modificado y añadió que afecta al país en general.

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Como parte de la visión 2020 de Siemens y con el fin de encarar los retos derivados de la evolución del mercado energético a escala mundial, suministrar energía y avanzar activamente en la transformación de los sistemas energéticos, la firma alemana decidió crear Siemens Energy y  José Aparicio será el CEO para los mercados de México, Centroamérica y el Caribe.

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