Todos los trabajadores tienen derecho a recibir parte de las ganancias que generan las empresas para las que laboran, por lo que si aún no has recibido utilidades, te decimos cuál es la fecha límite para que tu empresa las entregue, de lo contrario podría ser multada.
Para personas morales, es decir, empresas, la fecha límite para cumplir con el reparto de utilidades es el 31 de marzo, ya que se tienen que pagar dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en la que se efectuó la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
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Si la empresa donde trabajas incumple con el reparto de utilidades puedes acercarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), que brinda un servicio gratuito de asesoría, conciliación y en caso de ser necesario, de representación jurídica, para el reclamo de las utilidades.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las empresas que incumplan con el reparto de utilidades pueden ser sujetas a multas que van de los 21 mil 720 hasta los 434 mil 400 pesos.
GGA