¿Quiénes recibirán el PAGO de utilidades en junio este 2024 y por qué?

A pesar de que para la mayoría la fecha límite del pago de utilidades 2024 es en mayo, hay algunos que las reciben hasta junio. Te decimos por qué y quiénes conforman el grupo.

Hay trabajadores que recibirán sus utilidades hasta junio, aquí te decimos por qué. (Especial)
Ciudad de México /

Como cada año, en mayo se espera el pago de utilidades 2024. Poco antes de que inicie el mes más de uno se pregunta "¿cuándo es la fecha límite de pago?", por ello, te decimos que hay algunas personas que reciben la prestación en junio. Conoce quiénes son y el por qué.

Las utilidades son un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.

El artículo 130 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece: “las cantidades que correspondan a los trabajadores por concepto de utilidades, quedan protegidas por las normas contenidas en los artículos 98 y siguientes”.

¿Cuándo es la fecha límite del pago de utilidades?

Como resulta más familiar para la mayoría, a más tardar el 30 de mayo se pagan las utilidades a los trabajadores que laboran para una persona moral, es decir, para una empresa.

Sin embargo, hay un sector de personas económicamente activas que sí tienen derecho a recibir este dinero extra, pero su plazo se extiende hasta más tardar el 29 de junio: se trata de empleados de una persona física (patrón).

Reparto de utilidades es la distribución de una parte de las ganancias de manera proporcional. | Archivo

¿Quiénes reciben el pago de utilidades hasta junio?

Como te mencionamos, las únicas personas que reciben el reparto de utilidades hasta junio son quienes trabajan para una persona física, pero también para quienes cumplan con el requisito de haber laborado por lo menos 60 días para empleadores cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal. 

Además, los trabajadores domésticos no reciben el pago de esta prestación.

Los empleadores no obligados a dar utilidades son

  • Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
  • Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
  • Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro.
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.

Recuerda que si no te pagan utilidades, puedes denunciar en inspeccionfederal@stps.gob.mx o acude a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para asesorarte. Si requieres una visita de inspección, acude a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) invita a las empresas y patrones a cumplir con el reparto de utilidades en tiempo y forma. En caso de no hacerlo, podrían ser sujetos a multas que van de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes, según lo señala la LFT.

La legislación también apunta que si el trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.

DMZ

  • Daniel Zainos
  • daniel.monroy@milenio.com
  • Comunicólogo egresado de la FCPyS de la UNAM. Redactor de Discover. De seguridad a espectáculos, escribo de todo un poco… si Trends lo permite. Fan de la música, los podcast y la exploración cotidiana.

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