Por: José María Lujambio y Antonio Riojas
Ilustración: Patricio Betteo, cortesía de Nexos
Presidente y Congreso, como legislador ordinario, no tienen libertad de configuración para modificar una norma secundaria si con ello trastocan el modelo establecido por el marco constitucional aplicable, que en materia eléctrica incluye el carácter competitivo del mercado, la participación de CFE en el mismo como empresa productiva del Estado sin ventajas exclusivas indebidas, y el objetivo explícito de diversificar la matriz energética hacia cada vez más energías limpias. Desde una óptica estrictamente jurídica, los proyectos de la ministra Ortiz Ahlf no son compatibles con un Estado constitucional de derecho pues pretenden declarar la validez de reformas legales muy claramente opuestas a derechos, principios y demás contenidos constitucionales como son: la libre competencia, la libre concurrencia económica, la progresividad en la eficacia del derecho a un medio ambiente sano, y una política nacional para el desarrollo industrial sustentable. Con estos proyectos en la mesa, es momento de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación dé cuenta de su legitimidad como tribunal constitucional y su independencia de los poderes políticos.