Por: Joseph Irwing Olid Aranda
Ilustración: Patricio Betteo, cortesía de Nexos
Quienes nos hemos dedicado al litigio penal, antes del documental, conocíamos perfectamente el manual de malas prácticas que es implementado a lo largo del proceso que siguieron los jóvenes que protagonizan “Duda razonable”. Sin embargo, lo emblemático es la manera de contar tales procedimientos en una forma digerible para quienes son ajenos al entorno judicial, pues así cualquiera podría formarse una opinión sobre la facilidad para emitir sentencias condenatorias y ser víctimas de la mala fe ministerial y policial. La indignación producida —frente a la revelación de una de las tantas historias que existen en nuestro país—, propició que el caso llegara hasta el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a través del ejercicio de facultad de atracción 9/2022 y la posterior integración del amparo directo 4/2022, una vez que se aprobó tal atracción. Una acción que por algunos se calificó como populismo judicial. No obstante, valía la pena la crítica frente a la posibilidad de que se sentara un precedente que pudiera permear en el litigio cotidiano en cuanto a la etapa de juicio oral, así como el razonamiento y valoración probatoria. No obstante, luego de sesionar el proyecto los días 5, 6 y 8 de diciembre del 2022, con una votación confusa y un engrose recién publicado, podemos señalar que aquella misión fracasó, pues, aunque la resolución es digna de estudio y se liberó a quienes se encontraban detenidos, no se generó el precedente como resultado de privilegiar criterios personalísimos frente a la posibilidad de generar consensos en beneficio de la seguridad jurídica.