¿El fin del Plan B electoral? La forma sí es fondo

El proyecto no le otorga sin más la razón a todo lo reclamado y, en todo momento, se apoya en la vasta jurisprudencia de la Suprema Corte para resolver este tipo de controversias.

El agravio se considera fundado y la violación grave. | Patricio Betteo
Nexos
Ciudad de México /

Por: Paula Sofía Vásquez

Ilustración: Patricio Betteo, cortesía de Nexos

Más allá de la narrativa, la Constitución nos marca cuál es el modelo de democracia que tenemos o, al menos, al que aspiramos, una democracia representativa, federal, laica y liberal y, partiendo de ahí, tenemos que el análisis conjunto de estas violaciones graves tiene efectos nocivos profundos para los principios democráticos de la pluralidad, la deliberación y la igualdad y, en protección de éstos, tiene lugar la invalidez total del proceso legislativo que cobijó al Plan B. Los procedimientos, la regulación, los protocolos de actuación y otro tipo de normas no son una vanidad y no son de cumplimiento optativo. Son reglas aprobadas por mayorías legales y legítimamente constituidas que nos permiten preservar principios, derechos y valores compartidos. En las democracias constitucionales, la regla de la mayoría es sólo una de varias más y, tal como nos evidencia este proyecto de sentencia, no alcanza para socavar ni el resto de los principios democráticos, ni los derechos de las minorías. La forma también es fondo.

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