Por:Eduardo Elías Gutiérrez López
Ilustración: Estelí Meza
Tomando en cuenta el crecimiento de las solicitudes de refugio en México y la conformación de nuevos éxodos migrantes de Centro y Suramérica, así como del Caribe, es necesario exigir al Estado mexicano que construya un mejor sistema de refugio, y una parte de ello implica mejorar el procedimiento y las leyes que lo regulan. Esta deuda pendiente podría resolverse de dos modos: o se desliga el procedimiento de refugio de otros procedimientos administrativos que en nada se le asemejan para dotarlo de una mayor rigurosidad jurídica, tomando en cuenta que en el centro de todo ello se encuentra un tema de derechos humanos y las obligaciones constitucionales y convencionales del Estado mexicano; o se construye adecuadamente desde la Ley de Refugiados y su Reglamento un apartado probatorio que considere y gestione procedimientos acordes a los contextos de origen y de llegada de los solicitantes de la condición de refugiado. La ausencia en la ley de este apartado se suma a la larga de prácticas disuasorias que hacen que obtener una resolución positiva en esta clase de procedimientos sea cada vez más complicado.