Por: Paulina Valles Torres y Luis Javier Moreno Benjumea
Ilustración: Víctor Solís, cortesía de Nexos
Los municipios, por el artículo 115 Constitucional, tienen la facultad de crear los reglamentos y disposiciones normativas que necesiten para la mejor organización y operación de sus gobiernos. Por ello, es razonable, que en dichos reglamentos, deberíamos ver resueltas las imprecisiones de las leyes estatales, pero la realidad es que muchos municipios del país carecen de reglas particulares en esta materia. Y es que los rubros de planeación y presupuestación no son los únicos que se deben reglamentar a nivel municipal, pues también se debería observar cómo se ejercen los recursos. Las grandes modificaciones a los presupuestos de egresos estatales y municipales, evidenciadas en párrafos anteriores, nos muestran que el ejercicio del gasto público es un área sin reglas suficientes para los gobiernos locales y parte de ello proviene de la ambigüedad de la Ley de Disciplina Financiera y la falta de perspectiva municipal en las leyes estatales.