Por: Gerardo Álvarez
Ilustración: Patricio Betteo, cortesía de Nexos
Luego de casi cuatro años de silencio judicial, traducidos en cuatro años de participación militar sin controles civiles y democráticos efectivos, la Suprema Corte finalmente resolvió uno de los diversos asuntos relacionados con la militarización que se encuentran en su jurisdicción. Lamentablemente, pareciera que el Pleno desaprovechó una importante oportunidad para reafirmar que toda participación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública debe ser extraordinaria, subordinada, complementaria, regulada y fiscalizada por órganos civiles; condiciones establecidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Álvarado Espinoza y otros vs. México y después incluidas explícitamente en el quinto transitorio del decreto de reforma constitucional en materia de Guardia Nacional de 2019. De acuerdo con su exposición de motivos, la Ley Nacional del Registro de Detenciones busca crear un banco de datos actualizado que permita identificar y localizar a toda persona detenida por las instituciones de seguridad pública por presuntos delitos o faltas administrativas. Esto, con el objetivo de prevenir violaciones a los derechos fundamentales de la persona detenida.