En Hidalgo, las elecciones de 2027 no sólo renovarán el Congreso y ayuntamientos. También serán una oportunidad para ampliar la representación política de sectores que históricamente han enfrentado barreras para acceder a cargos públicos.
El 15 de octubre, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) aprobó las Reglas Inclusivas de Postulación, que establecen obligaciones concretas para la participación de grupos de atención prioritaria en diputaciones y ayuntamientos.
Para el Congreso, los partidos deberán postular seis fórmulas indígenas, una por distrito: Zimapán, Zacualtipán de Ángeles, Tlanchinol, Huejutla de Reyes, Ixmiquilpan y Metepec. La medida recoge aportaciones de los foros de diálogo con pueblos y comunidades indígenas realizados por el IEEH.
También deberán registrar dos fórmulas de personas jóvenes por mayoría relativa y una por representación proporcional, dentro de los dos primeros lugares de la lista. Se suman una fórmula de personas con discapacidad, otra de diversidad sexual y de género, una de personas adultas mayores y una de ciudadanía hidalguense migrante.
En ayuntamientos destaca otra medida: en 27 municipios, identificados por su alta proporción de población con autoadscripción indígena, según Inegi, las candidaturas a las presidencias municipales deberán ser indígenas. En otros 23 municipios se prevén fórmulas indígenas en las planillas.
Las reglas incorporan una fórmula de personas jóvenes por planilla, entre los primeros cuatro lugares. También exigen una fórmula de personas con discapacidad en los 70 municipios de hasta 50 mil habitantes y dos en los 14 que superan esa cifra. En estos últimos deberá incluirse una fórmula de diversidad sexual y de género.
Huejutla de Reyes e Ixmiquilpan merecen atención: por la configuración de sus cabildos, las reglas contemplan que una candidatura reúna dos condiciones de atención prioritaria; por ejemplo, indígena y joven, o indígena y de la diversidad sexual y de género. Su aplicación deberá atender los criterios jurisdiccionales sobre concurrencia de acciones afirmativas y preservar la representación efectiva.
Estas disposiciones dan claridad rumbo a 2027, aunque pueden ser revisadas por los tribunales. Al cierre del plazo legal se presentaron cuatro impugnaciones: dos de partidos políticos y dos de la ciudadanía. Corresponderá al Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo decidir, en primera instancia, si confirma, modifica o revoca las disposiciones controvertidas.
El desafío es que las acciones afirmativas no se queden en una cuota, sino que abran posibilidades reales de participación. En próximas entregas explicaré sus requisitos, porque conocerlos también es una forma de ejercer nuestros derechos político-electorales.