Pierre Bordeaux, sociólogo francés cabeza de la corriente de constructivismo estructuralista, afirmó que “la calidad de la democracia se mide por cómo trata a sus minorías”. En el Estado de México se ha desatado una álgida polémica en torno a la decisión del Tribunal Electoral del Estado de México de restar a Morena 10 diputados de representación proporcional en el Congreso del Estado de México. El argumento del TEEM es la sobrerrepresentación que incurría dicho partido.
Esos lugares fueron repartidos entre otros cuatro partidos políticos. Morena ha obtenido una representación con votos de cerca del 42 % y tiene una asignación de 20 %, menos de la mitad. La querella terminará en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, pero se han abierto otras vertientes de discusión que merece la pena registrar.
La primera es la calidad y autoridad moral de las instancias electorales. Aquí hemos criticado con severidad al IEEM pero poco al TEEM, cuya raíces y vicios son los mismos. Magistrados de consigna y fruto de acuerdos y cuotas de poder entre los partidos mayoritarios. Ricardo Moreno, el representante de Morena, acomete: “acudimos a un atraco, un robo de una sentencia de un Tribunal que se desdice. Exactamente en 2015, ese mismo Tribunal, tres magistrados que integraban entonces ese Tribunal, votaron exactamente el mismo asunto en contra, el mismo caso”. En efecto el mismo tribunal, pero no solo en el 2015. Antes de la reforma del 2014, avaló la sobrerrepresentación del PRI tanto en el 2012 como en 2009 ¿Por qué ahora cambia su criterio?
Es claro, frente a muchos atracos políticos, la sobrerrepresentación está acotada por la Constitución, que establece ahora en su artículo 54, fracción V que: “En ningún caso, un partido político podrá contar con número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida”, es decir, se circunscribe a establecer límites a la sobre y sub representación.
Morena alega que se toma como sujeto a la coalición y no al partido. Pero oponentes le reprochan, también, acuerdos de coalición en los que Morena fue muy generoso. Y que propició que el PES obtuviera vía acuerdos más de 55 diputaciones federales sin alcanzar el 3% mínimo para sostener su registro. El tribunal federal tendrá un fallo final que probablemente aplique los límites de representación, de lo contrario exhibiría al TEEM. ¿Están en juego los contrapesos en la legislatura mexiquense? No en realidad, pues Morena tendría margen suficiente para imponer condiciones.
La democracia y la sobrerrepresentación
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Bernardo Barranco
Ciudad de México /
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