Gobernanza metropolitana y ausencia del power ciudadano

  • Columna de Christian Sánchez
  • Christian Sánchez

Jalisco /

La semana que antecede, El Colegio de Jalisco fue sede de la Cumbre Internacional del Hábitat de AL y el Caribe, en ella, el punto central de diálogo fue sobre las experiencias y retos de la gobernanza metropolitana.

Desde mi participación, destaqué el papel clave que juega el ciudadano en el involucramiento de los asuntos públicos, en el proceso de hechuras de políticas públicas y, por tanto, en el nuevo modelo para gobernar sociedades complejas llamado gobernanza.

Bajo este nuevo modelo de gobernación, el rol del gobierno es menos vertical, más asociativo, cooperativo y coordinador.

Vale la pena destacar que, en la reunión internacional, un tema que llamó la atención fue la Ley de Coordinación Metropolitana para el estado de Jalisco, esta se recibió como un modelo de referencia, principalmente por dos cuestiones:

a) Por ser un cuerpo legal capaz de hacer obligatoria la coordinación intermunicipal entre todos aquellos municipios que conforman una metrópoli dentro de Jalisco.

b) En aras de garantizar la participación de la ciudadanía y hacer viable el desarrollo coordinado de las metrópolis, este cuerpo legal demanda la creación de tres novedosas instituciones de gestión y coordinación metropolitana, como lo son la Junta de Coordinación Metropolitana, el Instituto Metropolitano de Planeación y el Consejo Ciudadano Metropolitano.

En relación con este último, centro mi reflexión.

Si bien El Consejo Ciudadano Metropolitano, jurídicamente definido como un órgano consultivo intermunicipal de participación ciudadana, es la instancia que legitima las decisiones y acciones de gobierno respecto de la metrópoli, desafortunadamente desde el origen del diseño institucional nació debilitada. A saber;

Primero. – El papel de los representantes del Consejo Ciudadano Metropolitano en la Junta de Gobierno como la instancia donde se toman las decisiones de política de la ciudad es poco representativa. Si bien el presidente del Consejo Ciudadano cuenta con voz y voto, su representación es mínima considerando que la junta se integra por 12 personas.

Segundo. - El mecanismo de elección que se utiliza para elegir a los integrantes del Consejo debilitala legitimidad de sus integrantes.

Recuerdo perfectamente al doctor Luis F. Aguilar que en una ocasión me comentó “el tamaño de las instituciones, es del tamaño de quién las representa”.

En este sentido, imagine usted la legitimidad, el respaldo social, académico, vecinal y hasta empresarial con que cuentan algunos de los integrantes de cada municipio al Consejo Ciudadano, si su ingreso más que por su conocimiento, expertise, y/o liderazgo, depende más de su propia suerte. Recordemos que el ingreso al Consejo se decide por medio de tómbola.

Partamos de la idea que en un contexto metropolitano, los desafíos de la gobernanza se ven agravados por la complejidad de coordinar distintos municipios, es aquí donde la voz de la ciudadanía se vuelve aún más crucial.

Por ello, una tarea pendiente en el Congreso es la revisión y actualización del diseño institucional de la ley de Coordinación Metropolitana. La ciudad requiere de portadores de la voz ciudadana con más power, con mayor representación social, para incidir de manera decisiva en el diseño de políticas y acciones gubernamentales, capaces de asegurar políticas que reflejen las verdaderas necesidades e intereses de todas y todos.


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