La iniciativa de Sheinbaum: la doble nacionalidad

Monterrey /
Únete al canal de Milenio

La iniciativa de ley que la presidenta Claudia Sheinbaum presentó ayer al Congreso de la Unión busca modificar las reglas de elegibilidad para impedir que quienes aspiren a la Presidencia de la República, a las gubernaturas de los estados o a la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México tengan doble nacionalidad.

En caso de contar con otra nacionalidad, dice la iniciativa, deberán renunciar a ella y conservar únicamente la mexicana. Lo que busca esta iniciativa, dice Sheinbaum, es evitar conflictos de lealtad entre México y otro Estado, impedir que quien ocupe esos cargos pueda invocar una nacionalidad extranjera, evitar que pueda solicitar la protección diplomática de otro Estado, entre otras.

Se argumenta que en la Constitución no queda claro lo establecido en el Artículo 32, en el que se establece que “la ley regulará el ejercicio de los derechos que la legislación mexicana otorga a los mexicanos que posean otra nacionalidad y establecerá normas para evitar conflictos por doble nacionalidad”.

Al respecto, cabe señalar que la Ley de Nacionalidad reglamenta los artículos 30, 32 y 37 constitucionales, que se refieren al tema que nos ocupa. Pero hay algo importante: que haya una Ley de Nacionalidad no significa que todo lo que ordena el Artículo 32 esté plenamente desarrollado. En el tema de la nacionalidad hay un tremendo galimatías.

Sí existe una Ley de Nacionalidad, pero ésta no establece una prohibición general de la doble nacionalidad para ocupar cargos públicos. Lo que hace es regular sus efectos cuando la propia Constitución o una ley dispone que determinado cargo está reservado.

Sheinbaum parte de la preocupación por posibles conflictos derivados de la doble nacionalidad, sin embargo, hay que recordar que el Artículo 32 ya ordenó al legislador establecer normas para evitarlos y el Congreso ya expidió la Ley de Nacionalidad. ¿No sería mejor reformar la Ley de Nacionalidad?

La iniciativa tiene dos planos: reglamentar el Artículo 32 constitucional, cosa que ya hizo el Congreso de la Unión, y modificar las condiciones constitucionales para ocupar determinados cargos.


  • Efrén Vázquez Esquivel
  • efren23@hotmail.com
  • El autor es director científico de la Academia Mexicana de Metodología Jurídica y Enseñanza del Derecho, AC.
Más opiniones
MÁS DEL AUTOR

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.

Suscríbete al
periodismo con carácter y continua leyendo sin límite