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El juez electoral del siglo XXI

Ciudad de México /
Moisés Butze
Moisés Butze

Si sus ojos han llegado a este artículo, déjeme hacerle una pregunta: ¿cuánto ha cambiado en los últimos tres siglos el trabajo o profesión que usted desempeña? Estoy seguro de que si nos sentáramos a hablar con nuestros respectivos homólogos de la época, ya fuera con un médico, un abogado, un artista, un ingeniero, un agricultor o un albañil, prácticamente todos coincidiríamos en que si bien existen aspectos que son inmutables o inherentes a nuestra labor, las cosas sí han cambiado, y mucho.

Pues bien, de la misma forma que otras ramas del conocimiento humano, el derecho ha tenido que evolucionar a lo largo del tiempo para cumplir con su función y, como era de esperarse, la labor de los jueces no puede entenderse igual hoy que hace 300 años.

Grandes juristas han discutido sobre el papel del juez en el siglo XXI. Prometo no sumergirnos en un denso debate teórico, pero si me acompaña podemos encontrar una respuesta a la pregunta de qué puede esperarse de un juez contemporáneo (particularmente de un juez electoral) y por qué es importante tenerlo en cuenta como ciudadanos.

La primera diferencia que tendríamos con nuestros colegas del pasado es el entendimiento de que, como toda creación humana, la ley es imperfecta, limitada y, en algunos casos, hasta inconsistente. Por eso, los jueces actuales no podemos esperar solo tomar una norma y aplicarla como autómatas a los hechos porque es probable que esa norma no exista —laguna legislativa—, sea contradictoria o viole frontalmente algún derecho fundamental de los ciudadanos.

Esto último me lleva a la segunda diferencia. Actualmente, más que en una era de leyes, nos encontramos en una era de derechos. Hemos pasado de sistemas jurídicos en donde la voluntad del legislador era incuestionable y absoluta, al Estado de Derecho. Los derechos llamados humanos o fundamentales, como la libertad de expresión, de asociación, la libertad económica y laboral, entre otros, son límites que deben ser respetados por todos los órganos del Estado, incluido el legislador.

Finalmente, la tercera cuestión es que la Constitución de un país ya no es solo un pacto político sin importancia jurídica; ahora es la norma suprema en la que están especificados todos los derechos fundamentales y los principios básicos del Estado como el de división de poderes. Debido a eso, cualquier ley que no respete la Constitución debe ser invalidada. En pocas palabras, pasamos del llamado Estado legalista al Estado constitucional.

Con todo esto en mente, la labor del juez electoral del siglo XXI empieza a clarificarse. Pero antes debo recordar dos cosas: la primera es que no hay prosperidad ni desarrollo ahí en donde exista inestabilidad política y, la segunda, que la democracia ha demostrado ser el mejor sistema político para garantizar una estabilidad duradera en el tiempo.

El juez electoral, al proteger los derechos político-electorales que son la base de nuestra Democracia y resolver los conflictos entre actores políticos, se convierte en un factor de estabilidad en sí mismo, capaz de despresurizar tensiones y, con ello, abrir paso al desarrollo de su país en todos sentidos:

económico, social y cultural.

El juez electoral del siglo XXI aplica las normas vigentes en las leyes comiciales y respeta la voluntad del legislador, pero ante todo tiene claro que es intérprete y que su labor no puede limitarse sólo a la letra de la ley (método de interpretación literal), sino que debe usar los otros métodos como el sistemático o el funcional para proteger la Constitución y los derechos de la ciudadanía.

El juez electoral no solo protege derechos político-electorales, también tiene la obligación de maximizarlos, es decir, de tomar decisiones o medidas que propicien el avance de la pluralidad, la alternancia y la igualdad real de todos los grupos sociales. Se trata de una persona proactiva que emite sentencias con un impacto real en la vida de la gente.

Es un individuo cercano al ciudadano, preocupado por resolver los casos que se le presentan de fondo y con rapidez, evitando procedimientos tortuosos, poco transparentes y carentes de efectividad para las personas que demandan justicia en el ámbito electoral.

En suma, el papel de los jueces electorales es ser factor de estabilidad y desarrollo, aplicadores e intérpretes, protectores y maximizadores de los derechos político electorales, guardianes de la Constitución en lo que nos compete y resolutores de fondo de los conflictos que se nos presentan.

Ya para terminar le diré lo que para los jueces no cambia sin importar el siglo: los principios de la ética judicial. Tanto en el siglo XVIII como ahora, solo puede ser un auténtico juez aquel que es independiente de toda influencia, especialmente del poder político, e imparcial de las partes que están en juicio. Sin esos principios, los derechos de todas y todos quedarán en la tinta del legislador que los consagró, sin ver la luz de la realidad.


  • Felipe Fuentes Barrera
  • Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
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