El predial es un impuesto municipal que se cobra a los dueños de inmuebles, con base en su valor catastral que determina la oficina de Catastro Municipal, conforme a su ubicación, superficie, construcciones y calidad de las mismas, número de pisos, y otros factores, que visibilizan los inspectores que visitan terrenos, casas, edificios y toda clase de inmuebles; por lo que se comprenderá que en ciudades grandes como Torreón, esa tarea es muy complicada; por lo que unas autoridades municipales de esta ciudad, a fines del siglo pasado y principios del actual con el auxilio satelital intentaron obtener datos para actualizar el valor catastral de los inmuebles.
Para ello se basaron en tomas áreas de sombras de lavaderos o de perreras o de cualquier otra cosa, para determinar que eran construcciones nuevas de las fincas y aumentaron el valor catastral del inmueble y consecuentemente del monto del impuesto predial; por lo que las protestas de los afectados no se hicieron esperar y las autoridades de la Tesorería Municipal, de aquellos tiempos, dejaron de calcular el valor catastral por la vía satelital.
Y así por ese estilo en la mayoría de los 2 mil 500 municipios de México, hay problemas relacionados con el impuesto predial, que es uno de los principales ingresos de los municipios para el gasto público; por eso, para resolver en parte esa problemática el Congreso de la Unión, aprobó la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral, conocida como “Ley Predialazo”, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 23 de octubre y que en principio entrará en vigor 180 días después, con la salvedad de que las autoridades catastrales y registrales adoptarán e implementarán los modelos para la homologación de trámites y servicios catastrales y registrales, así como las plataformas, a más tardar el 31 de diciembre de 2026, para que entren en operación el 1° de enero de 2027.
Por lo que los congresos locales tendrán que aprobar leyes en sus estados para adecuar todo lo relacionado al catastro y al Registro Público de la Propiedad, y los gobernadores y ayuntamientos municipales llevarán a cabo las acciones para armonizar la normatividad para el cumplimiento de la ley.
Ojalá y que esta ley sirva para mejorar los ingresos municipales sin el aumento del impuesto predial; con un moderno sistema que optimice y haga más justa y equitativa la contribución fiscal de los habitantes de los municipios.