El debate sobre la Reforma Judicial en términos de opinión pública no parece menos polémico que el que se da en términos técnicos entre juristas. Si bien la ciudadanía está a favor de ella, no parece contar con la información suficiente para tomar una decisión consciente de sus implicaciones.
En general cuando la población tiene la opción de votar por cualquier cargo, la ciudadanía dirá que prefiere hacerlo. Votar por las posiciones en el Poder Judicial no es la excepción. Así lo confirma una investigación realizada por Parametría sobre la Reforma Judicial realizada ya desde hace varios años.
El deseo de participar en cualquier proceso electoral lo tenemos registrado desde hace mucho tiempo, y va mucho más allá de la Reforma Judicial.No importa si es una consulta, una elección de representantes de colonia, de presidente municipal, gobernador o presidente del país.
Tal vez el problema no radica en el deseo manifiesto o expreso de participar, si no en las tasas reales de participación. Lo más probable es que una elección de jueces, magistrados, ministros o autoridades judiciales en general no convoque a muchos más ciudadanos que otros ejercicios de democracia directa.
Un ejemplo de ello, en el mejor de los casos, podría ser la votación de revocación de mandato que llegó a poco menos del 18 por ciento de participación. No fue tan baja como la consulta del aeropuerto de Texcoco al inicio de la administración, o la consulta para juzgar a los expresidentes.
Un componente fundamental de una votación para cualquier puesto de elección o decisión es el porcentaje de participación, para justificar su legitimidad. Como no tenemos antecedentes en nuestro país debemos tomar como referente algún otro mecanismo de democracia directa. Por ello la referencia a ejercicios similares realizados recientemente es necesaria.
Por ello los rangos que tenemos ahora serían tan bajos como distintas consultas realizadas de menos de 5 por ciento o tan altos como la revocación de mandato de poco menos de 18 por ciento.
Sin embargo, la participación no parece ser el cuestionamiento más serio. El problema principal es el de los niveles de información. Muy pocos connacionales saben cómo se conforman los poderes de la República. Durante un periodo prolongado de tiempo (20 años) el ciudadano ha tenido el mismo nivel de conocimiento. Solo 4 de 10 mexicanos saben que el diseño de la república de pesos y contrapesos se sustenta en la división de tres poderes de la unión. Y de ese aproximado 40 por ciento, sólo una tercera parte puede reconocer los tres poderes con certeza.
Es decir, la ciudadanía está expresando sus preferencias sin información suficiente. Además, si bien tiene experiencia en la votación por autoridades conocidas como Legislativo y Ejecutivo, donde las consecuencias son relativamente predecibles, el ciudadano no cuenta con la experiencia en votar por jueces ni sus consecuencias.
Otro ejemplo de esta falta de información es que alrededor de una tercera parte de la ciudadanía a nivel nacional cree que hoy día los Ministros de la Suprema Corte de Justicia ya son electos por votación. Es decir que esta reforma no sería necesaria para esa tercera parte de la población.
Un dato que parece contradictorio es que si bien la ciudadanía está de acuerdo con votar a los miembros de la Suprema Corte, cada vez es mayor el porcentaje de aquellos que están de acuerdo con que esta tome decisiones distintas al Presidente de la República.
La opinión pública frecuentemente es contradictoria, este tema no parece ser la excepción. Si bien está a favor de votar por los miembros de la Suprema Corte, no parece ver mal contradecir al Ejecutivo, no está consciente de la división de poderes, y más aún una tercera parte cree que ya se votan. En términos de opinión el tema parece ser tan polémico como las discusión entre especialistas de la materia jurídica.
*Nota Metodológica: Población objetivo: Personas de 18 años en adelante con credencial para votar vigente. Representatividad: Nacional. N° de encuestas: 800 entrevistas cara a cara en vivienda realizadas del 29 de junio al 3 de julio del 2024. Método de muestreo: aleatorio sistemático con probabilidad de selección proporcional al tamaño. Marco muestral: secciones electorales reportadas por el INE. Nivel de confianza estadística: 95%. Margen de error (+/-) 3.5 %. Diseño de cuestionario, muestra, operativo de campo y análisis: Parametria S.A. de C.V.