El misterio del 8% de sobre representación

Jalisco /

Siempre ha sido un enigma saber por qué el 8%  (y no un 9 o 10; o un 5 o 7%) es el diferencial permitido entre porcentaje de votación y de diputados para un partido político. ¿De dónde salió ese mágico e incomprendido número; y por qué y para qué se estableció? Tan grande es el misterio, que los actuales comentócratas, devenidos en médiums, dicen interpretarlo invocando el supuesto “espíritu” del concepto sobrerrepresentación que no existe en la Constitución.

Para entender correctamente qué es o de dónde sale ese 8%, no es necesario practicar metafísica o invocar espíritus de lo inexistente. Basta recurrir a tres fuentes reales:

1.- la evolución histórica del 54 Constitucional. En 1986, se introdujo la llamada "cláusula de gobernabilidad" para igualar porcentajes de votación y de representación en favor del partido que hubiera obtenido al menos el 51% de la votación y su número de diputados fuera inferior a ese porcentaje; o bien, para que al partido más votado se le asignaran diputados de representación proporcional hasta alcanzar la mayoría absoluta de la Cámara. En 1990 se puso como condición que ese partido hubiera obtenido al menos el 35% de la votación. Nótese que aquí el diferencial en favor del partido mayoritario era de un 16%.

2.- En entrevista a Felipe Calderón, del 29 de julio de 2015, dice que a él le tocó “negociar la cláusula de gobernabilidad” (que era del 16%) con Chuayffet y Zedillo en la reforma electoral de 1996, para bajarla a la mitad, y así “impedir que un partido (el PRI), con el 42% de los votos, pudiera tener la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados”.

3.- Contrario al supuesto fin de la pluralidad, la exposición de motivos de esa reforma dice que su objetivo era “la existencia de una mayoría consistente y capaz de ejercer las funciones de gobierno”, y que para ello se estableció el 8% adicional de diputados, para convertir en mayoritario absoluto al partido más votado (no se explica porqué esa cifra y no otra). Evidentemente Calderón “chamaqueó” a Zedillo, pues de 1997 a 2015 ningún partido lo logró, generándose la idea de que la democracia es el desgobierno de las minorías.

Así las cosas, el 8% no es como el 2.5% del sistema de diputados de partido, ni un límite a la representación (establecido en otra fracción del 54 Constitucional y que es de 300 diputados), sino una cláusula de gobernabilidad disminuida para conformar una mayoría absoluta en la Cámara de Diputados.


  • Javier Hurtado
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