El origen de la centralización fiscal

Jalisco /

Parece estarse convirtiendo en costumbre que los gobernantes en los últimos días de su mandato quieren hacer lo que no hicieron durante su período; o toman decisiones que impactan a su sucesor. Ahora es el caso de la iniciativa que presentó el gobernador de Jalisco para “buscar no seguir adherido al Convenio de Coordinación Fiscal”, no sin dejar de reconocer que “es un camino muy complejo (…) no hay una ruta ni para entrar ni para salir”.          

De acuerdo al Artículo 1º de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), son las entidades federativas las que celebran convenio con la Secretaría de Hacienda para adherirse al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, para participar de los impuestos e ingresos federales y su distribución. Así, pareciera que nadie está a fuerzas ahí. El problema es que el Constituyente de 1917 le otorgó al Congreso de la Unión, en la fracción VII del 73 Constitucional, facultades para “Imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto”; y desde 1929 sucesivas adiciones a dicho numeral (que ya lleva 87), le han ido agregando otras para establecer como federales diversos impuestos y legislar en materias en las cuales las entidades federativas no quisieron hacerlo, renunciando a las facultades que les reconoce el 124 Constitucional.

Es cierto que ha habido agandalle de los poderes federales, pero también cobardía de las entidades federativas para no legislar en todo aquello no concedido como facultad expresa a las autoridades federales, y que de manera innata les corresponde. Solo eliminando del 73 Constitucional  gran parte de las facultades impositivas que el Poder Reformador de la Constitución convirtió en federales –con la anuencia de las legislaturas locales por tratarse de reformas Constitucionales- , los estados podrán recobrar o ejercer las atribuciones recaudatorias que cándidamente cedieron, sin que ningún estado -excepción hecha de Jalisco- haya dicho nada. Dicho artículo, y sus adiciones, son la línea de tiempo del proceso de centralización del deformado federalismo mexicano.

El problema no es de pesos y centavos, sino de competencias constitucionales y de procesos legislativos y prácticas políticas concatenadas. Tampoco tiene su origen en la LCF, sino en el Plan Nacional de Desarrollo que elabora el vencedor de una campaña presidencial, que luego pasa al Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), que él mismo elabora. Para cumplirlo, el Congreso de la Unión establece como federales todos los impuestos habidos y por haber, aplicando la fracción VII del 73 Constitucional.

Mientras haya candidatos presidenciales que prometan todo, no habrá PEF que alcance y menos recursos habrá para entidades federativas .


  • Javier Hurtado
Más opiniones
MÁS DEL AUTOR

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.