La recia protección del patrimonio en algunas ciudades

Jalisco /

¿Por qué Guadalajara pierde patrimonio, mientras que otras ciudades lo conservan? Ciudades como París, Ámsterdam o Praga emplean estrategias diversas para protegerlo. Cuentan con regulaciones sólidas que lo preservan, limitan las modificaciones que se le pueden realizar, y establecen zonas de conservación donde aplican reglas estrictas para cuidarlo. En esto, habría cierta similitud con Guadalajara.

El contraste comienza con los incentivos fiscales, reducciones de impuestos y subvenciones que estas ciudades brindan a los propietarios que preservan el patrimonio, así como los programas que implementan para financiar su restauración, otorgar fondos directos, préstamos de bajo interés o asistencia técnica a propietarios. Además, hacen campañas de sensibilización pública en pro de su respeto, que incluyen actividades educativas y eventos culturales.

También hay sanciones por modificar o demoler el patrimonio, según la gravedad de la infracción. Multas elevadas proporcionales al daño causado o al valor del patrimonio afectado. Contrastan con Guadalajara y sus multas irrisorias. En casos graves de daño o demolición ilegal, pueden ordenar al infractor restaurar o reconstruir el edificio en su estado original, acorde con los estándares técnicos establecidos; lo que nunca ha ocurrido en nuestra ciudad. Y, como medida disciplinaria, puede prohibírseles realizar desarrollos futuros en el sitio; esto último, se intenta por acá.

De considerarse que la acción fue intencional o maliciosa, los infractores enfrentan acciones legales, cargos criminales o penas de cárcel. Su propiedad puede embargarse para costear la restauración o compensar el daño causado.

En Francia, la ley penal se modificó para reforzar el “Código del Patrimonio”. Este establece que, “la destrucción, alteración o deterioro intencional y sin autorización de un inmueble clasificado, se castiga con hasta diez años de prisión y 150.000 euros”, es decir, casi tres millones de pesos. Las sanciones pueden alcanzar la mitad del valor del bien afectado, conllevan acciones por “daños y perjuicios”, y la orden de rehabilitar sufragada por “los delincuentes.” Así les llaman por allá a quienes atentan contra el patrimonio. Obvio, no hay quien quiera exponerse a sanciones como esas. Santo remedio.


  • José Javier Gómez Álvarez
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