Después de diversas postergaciones, evasivas y búsquedas del momento políticamente correcto, ya está en el Senado, donde se discutirá la iniciativa que hará legal las diferentes aplicaciones de la mariguana . La agenda escrita en forma, corresponde a la Ley General para la Regulación y Control de Cannabis, compuesta por 75 artículos.
Su principal impulsora , la aún senadora Olga Sánchez Cordero, quien ocupará la Secretaría de Gobernación en el próximo gobierno federal .
La propuesta está basada en el modelo recientemente aprobado en Canadá, que impulsa un esquema entre prohibición total y el libre mercado. ¿En qué consiste? Crear el Instituto Mexicano para la Regulación y Control de la Cannabis, que se encargaría de vigilar, reglamentar, aplicar medidas de seguridad y evaluar el sistema de regulación de la planta. Su consejo lo integrarían representantes de la Secretaría de Salud, de Agricultura y Ganadería, Educación Pública, Hacienda, Medio Ambiente y Recursos Naturales y Relaciones Exteriores.
Hasta ahora , la ley prohíbe el comercio, distribución, donación, regalo, venta y suministro de productos de cannabis a menores de edad.
Para el uso personal, permite sembrar y preparar hasta 20 plantas de cannabis, previamente registradas ante el Instituto Mexicano para la Regulación y Control de la Cannabis; su producción no debe rebasar los 480 gramos al año. Quienes necesiten más de 20 plantas por cuestiones estrictamente médicas, deberán solicitar un permiso. También permite la creación de cooperativas de hasta 150 socios; mismos que deberán contar con licencia, cumplir con requisitos de verificación y estar autorizados sólo para producir cannabis y tendrán prohibido proveer a personas ajenas a su organización y consumir más de 480 gramos al año por cada uno.
La ley detalla que para el uso científico se deberá contar con un protocolo de investigación autorizado, además de cumplir con los reglamentos que imponga el Instituto Mexicano para la Regulación y Control de la Cannabis. Si es persona física, debe ser mexicano; si es persona moral, tener 80% de capital nacional. Para el uso comercial, la cannabis podrá utilizarse con fines farmacéuticos, terapéuticos o industriales. Los productos especificarán en su etiqueta que su venta es autorizada únicamente en México. No se podrán comercializar productos comestibles derivados, mucho menos hacer promoción.
La cannabis…¿será legalizada?
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