Malos tiempos para los migrantes. Migrar es el verbo, la acción con la cual un ser de este planeta Tierra se mueve de su lugar habitual hacia otro en el cual existen condiciones para vivir mejor. La acción de migrar da vida al sustantivo femenino “migración”. Una persona migrante es una persona que viaja a otro lugar, y deja atrás al lugar en el cual ha vivido muchos años. Las causas de la migración pueden ser muy variadas y numerosas. La constitución del hecho de migrar no depende de las causas. Migrar es un derecho. Hoy está colocado en la lista de derechos humanos.
La Organización Internacional para las Migraciones define a un migrante como cualquier persona que se desplaza o se ha desplazado a través de una frontera internacional o dentro de un país, fuera de su lugar habitual de residencia independientemente de su situación jurídica, el carácter voluntario o involuntario del desplazamiento, las causas del desplazamiento; o la duración de su estancia en el nuevo lugar.
La historia humana está pletórica de migrantes y migraciones. Se puede decir: el ser humano es una persona que migra. Es un hecho en todas las culturas del planeta tierra. Las personas tenemos la fuerza de voluntad para, si el lugar de nuestra habitud actual no nos satisface, pensamos y realizamos viaje al encuentro de otro lugar cuyas características habituales sean más acordes con nuestra búsqueda de mejora, de felicidad, o al menos un lugar donde pueda habitar en coincidencia con deseos y esperanzas. Hay quien define: migrar es una esperanza.
En los años recientes esta búsqueda de esperanza, (o de huida ante la desaparición de las condiciones mínimas de vida, o de esperanza de mejor vida para la familia, hijos, hijas, nietos, nietas; o de la búsqueda de medios de subsistencia mejores para familias y allegados, o…) ha crecido de manera exponencial. Hoy se manifiesta en las formas legales e ilegales más inesperadas. Legal o ilegal la migración sigue siendo un derecho humano inalienable.
Esas razones y situaciones para migrar llegaron a un número tal y en condiciones francamente inhumanas, de tal manera hicieron necesaria crear una rama del derecho para evitar situaciones de muerte, extorsión, esclavitud, explotación, muerte, chantaje y más sufridas por las personas en situación de migración. En diversos países y en organismos internacionales surgió la necesidad y la importancia de ofrecer a las personas, por un lado, y por otro a los países y sus gobiernos, y a asociaciones de países un marco de intelección de la migración con el cual fuera posible tratarla y considerarla de modo humano: Los y las migrantes, son humanos antes que otro carácter. Así, fue posible iniciar un modo orgánico de tratar la migración, ahora mediante disposiciones legales congruentes para atenuar las situaciones sufridas por migrantes en los diversos países, cuando buscaban un nuevo propósito de vida en otro lugar diferente al que habitaban.
Estas situaciones evidentes en todo el mundo por diversas causas inmediatas propiciaron una aceptación generalizada de esa nueva concepción: Migrar es un derecho.
Hoy en día asistimos a una violación flagrante de los derechos humanos de los migrantes mexicanos (entre otros países) por las decisiones de persecución, arresto y deportación inmediata a latinoamericanos, en especial mexicanos, practicada por las policías en el territorio nacional de los Estados Unido de América, bajo órdenes del gobierno de esa nación. Una acción dirigida a satisfacer el odio de ciertos sectores, fundamentalistas, cuya situación social la sienten amenazada por el extraño, extranjero de rasgos corporales diferentes.
“La migración es un derecho” fue la declaración del primer defensor de los derechos humanos del Estado de Baja California y de nuestro país, años atrás.
La migración es un derecho, también exigible en el propio país. Un ejemplo, aún vigente, son los grupos de Jornaleros, trabajadores del campo, reclutados entre trabajadores de estados sureños del país, en los cuales faltan ofertas de trabajo. Jalisco (y otros estados del norte) recibía – aun recibe- a estos grupos en condiciones inhumanas de trabajo, en flagrante violación a un grupo de disposiciones sobre defensa de los derechos humanos de eso trabajadores, y disposiciones obligatorias para los dueños de las parcelas a trabajar, incumplidas en más de una ocasión. Todo por considerarlos no migrantes, que sí lo son y los protege una docena de disposiciones nacionales en el tema.
Va una lista breve de leyes mexicanas, además de los artículos constitucionales para información del lector: Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político; Ley de Migración; Ley de Asistencia Social y Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Algunas leyes internacionales vigentes en México son: Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regulada; Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José); Reglas de Brasilia sobre el Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Convención Interamericana Contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia
Migrar es un derecho. Inalienable. La sociedad tiene en sus manos cumplirlo y hacer que se cumpla sobre todo frente al odio y la discriminación de las personas migrantes.