INE: certeza y legalidad ante las boletas “planchadas”

Tamaulipas /
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Durante una jornada electoral, es imposible que una boleta entre en una urna sin algún doblez. No tenemos duda de eso quienes hemos depositado nuestro voto en alguna elección en México.

Sin embargo, el procedimiento para determinar la validez o no de un voto en una boleta no doblada o “planchada” no es un asunto menor; se trata de asuntos que deben sustentarse en la legislación vigente y abrevar en la experiencia del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre el desarrollo de los cómputos. Por tal motivo el Consejo General del INE, presidido por la consejera Guadalupe Taddei, aprobó el procedimiento propuesto por la consejera tamaulipeca Frida Gómez Puga.

En los “Lineamientos para la preparación y desarrollo de los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal de las elecciones federales del proceso electoral 2026-2027” se estableció que cuando se detecte una boleta que no presente marcas de los dobleces necesarios para su depósito en la urna, durante el cómputo en la casilla, la boleta no será clasificada, ni se contará en ese momento, ya que se deberá reservar para que el Pleno del Consejo Distrital determine, durante la sesión de cómputo, si procede computar el voto como válido o no válido.

Un punto por destacar de estos Lineamientos es que, durante la sesión del Pleno del Consejo General del INE, además del procedimiento aprobado por la mayoría, también se escucharon otras propuestas; todas ellas coincidieron en que los votos expresados en esas boletas no deberían de ser válidos, por lo tanto deberían de contabilizarse como votos no válidos, solo diferían en el procedimiento para determinarlo.

Asimismo, estos Lineamientos aprobados a principios de este mes señalan que la mesa directiva de casilla deberá dejar constancia del incidente sobre las boletas “planchadas” en el acta circunstanciada correspondiente; indicando, al menos, la entidad, distrito, sección y tipo de casilla, el número de boletas detectadas bajo este supuesto, la hora de la detección y las personas presentes.

Un procedimiento apegado a la Ley que deja a las y los consejeros distritales, en presencia de representantes de partidos políticos, la decisión de invalidar o no esos votos.

Lo anterior encuentra sustento en que la nulidad de un voto contenido en una boleta que no presenta algún doblez no es una causal contenida en la Ley. Ese es el meollo del asunto: que sea un Consejo Distrital, y no una mesa directiva de casilla, la instancia que determine si la validez de un voto atiende a las atribuciones con las que cuentan.

En este sentido, el procedimiento aprobado se diseñó para permitir la identificación de elementos objetivos susceptibles de generar una duda razonable, como podría ser una boleta que no presenta doblez, mas no determina automáticamente su inclusión o exclusión del cómputo.

En resumen, el procedimiento para las boletas “planchadas” dota al funcionariado de herramientas para atajar estas prácticas ilegales, fortaleciendo la certeza y legalidad del proceso y con ello la confianza de la ciudadanía.

Ahora, corresponde a las autoridades administrativas electorales de las entidades hacer lo propio para blindar a las elecciones locales frente al riesgo que representan las boletas “planchadas”.


  • Nohemí Argüello Sosa
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