Las 17 por la igualdad sustantiva

Tamaulipas /

Erradicar las violencias contra las mujeres, las niñas, los niños y adolescentes requiere, además de sanciones, eliminar sus causas: las llamadas violencias estructurales, que dañan necesidades humanas básicas como la libertad, el bienestar o la identidad, donde existe un grupo privilegiado y otro sistemáticamente vulnerado.

Un claro ejemplo de las violencias estructurales es la feminización de la pobreza. De acuerdo con ONU Mujeres, las condiciones de pobreza colocan a las niñas en un riesgo 2.5 mayor de ser obligadas a casarse en la infancia, son más vulnerables a la explotación sexual y a la trata de personas y salir de una relación violenta es mucho más difícil. Las violencias contra las mujeres no ocurren por casualidad, sus causas están en las desigualdades, como las de índole económica.

En este contexto, las 17 leyes reformadas y publicadas el pasado 15 de enero tienen como objetivo fortalecer el marco jurídico para erradicar las violencias estructurales en forma integral.

En materia de igualdad sustantiva, se renombra y refuerza la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, incorporando explícitamente el concepto de “igualdad sustantiva”, consolidando la Política Nacional de Igualdad Sustantiva, el Sistema Nacional y el Programa Nacional de Proyectos Estratégicos, y se establece la obligación de asignar presupuesto específico en los tres órdenes de gobierno.

De manera transversal, en ámbitos como la salud, el trabajo, la cultura, la ciencia, el deporte, el medio ambiente y el desarrollo rural, se refuerza la obligación del Estado de eliminar estereotipos de género que perpetúan la desigualdad.

En relación con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias se incorporan deberes con sustento constitucional; se fortalece la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, se amplían las medidas y órdenes de protección; y se refuerzan los Centros de Justicia para las Mujeres. La Secretaría de las Mujeres asume la coordinación del Sistema Nacional de Igualdad Sustantiva.

Asimismo, la obligación de juzgar con perspectiva de género, bajo el interés superior de la niñez y aplicando deberes reforzados de protección para mujeres, niñas y adolescentes, se incorpora en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares para garantizar la accesibilidad, la igualdad y la no discriminación durante los procedimientos judiciales.

Además, en las leyes de derecho de autor y propiedad industrial se establece que las autoridades promoverán la igualdad sustantiva y la participación equitativa de las mujeres en la creación y registro de sus obras.

En conjunto, las reformas a estas 17 leyes van por la igualdad sustantiva, transitando de un enfoque programático a uno obligatorio, coordinado, presupuestado y evaluable, que establece al Estado una responsabilidad más clara y exigible.

Reformas que no constituyen una exageración, sino una respuesta acorde a la magnitud y persistencia de las violencias que viven cotidianamente mujeres, niñas, niños y adolescentes, y parten del reconocimiento de que mientras la desigualdad permanezca normalizada en la ley y en las instituciones, las violencias seguirán siendo una consecuencia inevitable.


  • Nohemí Argüello Sosa
Más opiniones
MÁS DEL AUTOR

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.