Contratos y solución de controversias internacionales: Perú, Ecuador… y México ¿cuándo?

Ciudad de México /

La contratación pública es un pilar fundamental en la gestión de recursos y en la ejecución de obras e infraestructuras por parte de los gobiernos de todo el mundo. En este contexto, tanto Ecuador como Perú han experimentado avances significativos en la legislación relacionada con sus leyes de contratación pública, que ahora contemplan la utilización de contratos modelo internacionales, así como mecanismos alternativos de prevención y solución de controversias.

En el caso de Ecuador, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que entró en vigor en 2011, ha sido un hito importante en la regulación de los procesos de contratación pública en el país. Esta ley establece principios de transparencia, eficiencia, eficacia, economía, celeridad, igualdad, publicidad y probidad en los procesos de contratación, buscando garantizar una gestión pública más eficiente y libre de corrupción. Además, la normativa ecuatoriana ha promovido la utilización de contratos modelo estandarizados que facilitan la contratación y reducen los riesgos asociados a la interpretación de cláusulas contractuales. La normatividad ecuatoriana actualmente se encuentra en una fase de revisión agresiva que busca implementar esquemas novedosos de contratación (Diseño-Construcción y Proyectos Llave en Mano).

Por otro lado, en el caso de Perú, la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, promulgados en 2016, han introducido importantes modificaciones para fortalecer el sistema de contratación pública en el país. Estas normativas han incorporado principios de eficiencia, transparencia, competencia, igualdad, publicidad y probidad en los procesos de contratación, buscando garantizar una gestión más eficiente de los recursos públicos. Asimismo, se ha impulsado la utilización de contratos modelo que se ajustan a las necesidades específicas de cada tipo de contratación, facilitando la ejecución de proyectos públicos de manera más ágil y transparente.

Refiriéndonos particularmente a los mecanismos alternativos de prevención y solución de controversias, tanto Ecuador como Perú han avanzado en la inclusión legal y la implementación de instrumentos que permiten resolver conflictos de manera eficiente y rápida en forma contemporánea a la ejecución de los proyectos, evitando así la dilatación de los procesos y garantizando la ejecución oportuna de los proyectos públicos. En este sentido, se han promovido las denominadas juntas de prevención y resolución de disputas (JPRD´s) en Perú, y las Juntas de resolución de disputas (JRDs) en Ecuador como mecanismos alternativos de resolución de conflictos, brindando a las partes involucradas la posibilidad de llegar a soluciones oportunas sin recurrir a conflictos costosos.

Estos dos países muestran que en materia de contratación pública los conceptos y necesidades van evolucionando y es necesario buscar las mejores prácticas a nivel internacional, adaptándolas a las necesidades específicas de cada país. Cabe decir que estas decisiones no han sido fáciles de implementar ni de ejecutar, pero ambos países han optado por la evolución y la modernización de sus esquemas, en lugar de mantenerse en el tradicional “así lo hemos hecho siempre y lo seguiremos haciendo”, lo que implica un gran deseo de que el sector de la construcción pública avance firme hacia mejoras.

Lamentablemente en México existen oídos sordos desde hace muchos años para que contemos en nuestra contratación pública con figuras modernas y eficientes. Basta recordar la iniciativa que presentó el Colegio de Ingenieros Civiles de México hace varios años para contemplar esquemas necesarios en los contratos públicos incluyendo el fortalecimiento de la gerencia de proyecto, y la inclusión de paneles de solución de controversias, que ha sido olímpicamente ignorado por las autoridades.

Mas allá de eso, nuestra contratación pública se ha enviciado en las ultimas décadas, generando desviaciones impensables para la teoría y práctica universal de la contratación pública, pero aun mas grave: en franca violación a nuestros acuerdos comerciales internacionales.

En conclusión, los avances en la legislación ecuatoriana y peruana en materia de contratación pública y utilización de contratos modelo y mecanismos alternativos de prevención y solución de controversias reflejan el compromiso de ambos países por promover una gestión pública más eficiente, transparente y libre de corrupción. Estas mejoras contribuyen a fortalecer la confianza de la ciudadanía en las instituciones gubernamentales y a garantizar una correcta ejecución de los proyectos públicos en beneficio de la sociedad en su conjunto.

Es momento de considerar para aquellos que tomarán las riendas del país, si deciden cambiar el rumbo y mejorar la contratación pública tomando en cuenta el ejemplo de nuestros países hermanos, o continuar con vicios y malas prácticas, que en nada benefician a nuestro país y que sin duda la afectarán por muchos años de continuar como están al día de hoy.


  • Roberto Hernández Garcia
  • Abogado experto en derecho de la construcción, especialista en dispute boards y arbitraje; director de COMAD S.C.
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