El 30 de septiembre, un alumno de secundaria hirió con un cuchillo a cuatro personas en una escuela de Querétaro. Al día siguiente, en Torreón, dos exalumnos atacaron una secundaria y mataron a la subdirectora. El gobierno asoció estos hechos con contenidos que circulan en redes sociales y, el 14 de octubre, publicó un decreto para garantizar “entornos digitales seguros” a niñas, niños y adolescentes.
El propósito es legítimo y necesario. El Estado tiene la obligación de proteger a la infancia frente al acoso, la explotación sexual o la incitación a la violencia. Pero un fin legítimo no convalida cualquier medio y la factura de este decreto deja mucho que desear.
El primer problema es de fundamento. La Presidenta invoca su facultad reglamentaria sin decir qué ley reglamenta. La ley de derechos de la niñez que cita ordena al Estado diseñar políticas de prevención; no impone deberes a los particulares. Además, la Constitución reserva al Congreso legislar sobre internet.
El segundo es la definición de plataforma. El decreto retoma la definición de la Ley en Telecomunicaciones (a. 3 fr. L), pero la estrecha al exigir interacción entre usuarios y la reabre con una lista que termina con un “entre otros”. ¿Incluye mensajería privada? Nadie sabe bien quién está obligado.
El tercero es la amplitud de lo prohibido. Las plataformas deben retirar “de inmediato” contenidos que “promuevan”, entre otros, el discurso de odio, las conductas ilícitas o la apología del delito. Son categorías abiertas cuyo contenido no siempre es evidente. Por ejemplo, ¿debe desaparecer la cobertura periodística del ataque a Torreón? El decreto no excluye noticias.
El cuarto es el más peligroso. Verificar la edad sin aceptar la palabra del usuario supone pedir identificaciones o analizar rostros de todos, adultos incluidos. El decreto no dice qué datos se recaban, cuánto tiempo se guardan ni quién accede a ellos. Y desaparecido el INAI, quien debe vigilarlos depende del propio Ejecutivo. Una medida para proteger a los niños puede terminar en un registro de identidad de todos.
En el fondo, se traslada a las empresas tareas que corresponden al Estado. El sustento es un acuerdo pues, según la Presidenta, Meta, Google, TikTok y otras plataformas “estuvieron de acuerdo” y sólo pidieron un mes. Pero ese acuerdo no consta en el decreto, que tampoco señala qué autoridad supervisa ni prevé sanciones. La consejera jurídica lo calificó de obligatorio, pero no punitivo. Queda un régimen sujeto a la negociación y a la presión política.
Una buena protección exige otra arquitectura: una ley con el consenso de los obligados plasmado en reglas públicas, una autoridad responsable con facultades claras y garantías que cierren la puerta al uso discrecional. Sin ellas, el decreto oscilará entre la letra muerta y la censura selectiva. A los niños no los protege ninguna de las dos.