Tras solicitar un procedimiento abreviado y reconocer su culpabilidad en la desaparición del joven Sebastián Yáñez Gómez, una juez de control del distrito Judicial de Pachuca sentenció a la persona identificada con las iniciales M.R.F.M. a 25 años de prisión y una multa de 358 mil 480 pesos por el delito de desaparición cometida por particulares.
El culpable dio a conocer el lugar donde se encontraba la víctima para su localización precisa y el 29 de octubre de 2021, posterior a un cateo practicado por personal pericial y de investigación, se hallaron los restos humanos del joven en la localidad de Ciudad Sahagún, municipio de Tepeapulco.
Alejandro Habib Nicolás, procurador General de Justicia del Estado de Hidalgo, dio a conocer en conferencia de prensa la resolución de la carpeta de investigación por el delito de desaparición cometida por particulares iniciada en 2019.
El día 7 de noviembre de 2019 el Ministerio Público tuvo conocimiento de la denuncia por la desaparición de una persona de 20 años de edad con identidad reservada bajo las iniciales S.Y.G.
La última vez que se le había visto fue el día 6 de noviembre del mismo año, en la estación San Antonio del Tuzobús en Pachuca. A partir de ese momento se activaron los protocolos de búsqueda e investigación así como la ficha de búsqueda correspondiente para su localización.
Habib Nicolás señaló que derivado de los datos de prueba obtenidos por la Procuraduría, el 26 de noviembre de 2020, se solicitó ante juez de control la orden de aprehensión contra el imputado de iniciales M.R.F.M.
Esta orden de aprehensión se cumplimentó el 3 de diciembre de 2020 por agentes de investigación a través de un cateo en el domicilio del imputado donde además de la detención, se aseguró equipo telefónico y de cómputo.
Posteriormente, el detenido fue presentado ante un juez de control en el distrito judicial de Pachuca, a efecto de solicitar audiencia inicial, en la cual el imputado se acogió a la duplicidad del término constitucional de 144 horas para resolver su situación jurídica.
Vinculación a proceso
El 8 de diciembre de 2020, la Procuraduría acreditó la probable responsabilidad del imputado y obtuvo la vinculación a proceso de la persona detenida por hechos que la ley señala como desaparición cometida por particulares.
El Ministerio Público solicitó a la autoridad judicial la medida cautelar de prisión preventiva, que fue decretada por el juez de control, y determinó un plazo de cuatro meses para el cierre de la investigación complementaria, que fue ampliado a seis meses en una audiencia posterior.
De acuerdo con el procurador una vez concluido este plazo y derivado de la contundencia de los datos de prueba referidos en la acusación presentada por el Ministerio Público, la defensa del imputado solicitó la autorización del procedimiento abreviado como forma anticipada de terminar el proceso.
Después de recabar el consentimiento de las víctimas indirectas, se autorizó la celebración del procedimiento abreviado con las siguientes características: el reconocimiento de culpabilidad del imputado por hechos que la ley señala como desaparición cometida por particulares en agravio de la víctima; la imposición de una pena de 25 años de prisión y multa de 4,000 veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA); y la reparación integral del daño.
Además como medida de restitución y satisfacción para proporcionar bienestar y contribuir a mitigar el dolor de las víctimas indirectas, a través del restablecimiento de su dignidad y de la verdad sobre lo sucedido, el acusado dio a conocer el lugar donde se encontraba la víctima para su localización precisa; y finalmente el otorgamiento de una compensación monetaria.