Ordenan cancelar orden de aprehensión contra Alonso Ancira; FGR impugna

Caso Agro Nitrogenados

La Fiscalía General de la República interpuso un recurso de revisión que corresponderá resolver a un tribunal colegiado, el cual tardará entre tres o cuatro meses determinar si confirma, revoca o modifica la sentencia.

Alonso Ancira se declaró inocente de los cargos imputados, acusó de un atropello en su contra (EFE)
Rubén Mosso
México /

Un secretario en funciones de juez federal ordenó cancelar la orden de aprehensión librada contra el presidente de Altos Hornos de México, debido a que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita del cual lo acusó la Fiscalía General de la República ya prescribió, es decir, a pesar de existir indicios en su contra de un presunto delito derivado del caso Agro Nitrogenados, Ancira no puede ser juzgado.

Así lo resolvió Amós José Olivera Sánchez, secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Chiapas, encargado del despacho, quien concedió un amparo a Alonso Ancira, quien actualmente se encuentra en España, enfrentando su proceso de extradición.

Tras el fallo, la Fiscalía General de la República interpuso un recurso de revisión que corresponderá resolver a un tribunal colegiado, el cual tardará entre tres o cuatro meses determinar si confirma, revoca o modifica la sentencia del juez.

La resolución judicial ordena al juez de control del Centro de Justicia Penal Federal adscrito al reclusorio Norte, en la Ciudad de México, que cancele la orden de captura por prescripción al haberse extinguido la acción penal del hecho con apariencia del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita previsto y sancionado en el artículo 400 bis del Código Penal Federal en la causa penal 211/2019, que es la misma por la cual se vinculó a proceso a Emilio Lozoya Austin, ex director de Petróleos Mexicanos.

“En efecto, a manera de indicio razonable se advierte que el 14 de noviembre de 2012, Emilio Lozoya, previo acuerdo con Gilda Susana Lozoya Austin y Alonso Ancira Elizondo, con conocimiento de que los recursos que se utilizarían procedían de una actividad ilícita, adquirió el inmueble ubicado en calle Ladera, número exterior 20, número interior 11, colonia Residencial La Retama, en Lomas de Bezares, alcaldía Miguel Hidalgo, en esta Ciudad de México, a María del Carmen Ampudia Cárdenas, quien fungió como parte vendedora, en la Notaría Pública 153 de la ahora Ciudad de México"
"Con conocimiento de que ésta adquisición representaba el producto de una actividad ilícita, toda vez que el dinero para el pago de esa compra-venta provenía de los siguientes movimientos de recursos económicos: 1) Transferencia bancaria realizada el 12 de junio de 2012, por la empresa Altos Hornos de México, representada en ese entonces por Alonso Ancira Elizondo, a la cuenta de la persona moral Tochos Holding Limited cuya beneficiaria era Gilda Susana Lozoya Austin, toda vez que previo a estas operaciones Emilio Ricardo Lozoya Austin le cedió a su hermana las acciones de esta persona moral, para otorgarle tal carácter; esta transacción fue por la cantidad de 500 mil dólares; 2) Movimiento de 1 de noviembre de 2012, realizado de la misma forma y representado por las mismas personas físicas, por la cantidad de un millón de dólares”, detalla el expediente.

En total, las transferencias ilícitas ascendieron a un total de 3 millones 400 mil dólares.

“Este juzgador no emite opinión de fondo sobre estos hechos (sobre inocencia o culpabilidad), pues tal cuestión no constituye el objeto de la litis sometida al conocimiento”.

Sin embargo, del análisis de la clasificación jurídica de los hechos transcritos para los fines pretendidos y de las circunstancias particulares del caso, “ se considera que le asiste la razón al quejoso cuando afirma que la acción penal se encuentra prescrita y que, por lo tanto, la omisión de decretar la extinción de la acción penal a la luz de esta figura viola sus derechos fundamentales”, puntualiza la sentencia.

​bgpa

LAS MÁS VISTAS