Rechazan ordenar que se deje de difundir información de Andrés Roemer, acusado de violación

El escritor aseguró que se violó su presunción de inocencia, “al denigrar” su persona y colocarlo “como responsable de diversos delitos de índole sexual”, violentando así sus derechos humanos.

Andrés Roemer.
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un Tribunal Federal dio un revés al escritor y diplomático Andrés Roemer, quien pretendía que se ordenara a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y a los medios de comunicación que dejen de dar información sobre las tres órdenes de aprehensión que pesan en su contra por su presunta responsabilidad en el delito de violación.

El escritor promovió un amparo contra las declaraciones realizadas por autoridades y la publicación en medios de comunicación el 20 de diciembre, donde se informó sobre el estado que guardan los procesos seguidos en su contra.

Andrés Roemer aseguró que se violó su presunción de inocencia, “al denigrar” su persona y colocarlo “como responsable de diversos delitos de índole sexual”, violentando así sus derechos humanos.

Sin embargo, la jueza Noveno de Distrito de Amparo en Materia Penal, misma que admitió a trámite su demanda, rechazó concederle una suspensión.

Ante esta situación, el diplomático interpuso un recurso de queja con la intención de echar atrás la resolución, pero el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal declaró infundada su impugnación.

Los magistrados señalaron que “la expectativa razonable de privacidad” se ve minada por la obligación del Estado en materia de justicia penal, que es la persecución captura y enjuiciamiento de los sujetos a los que previamente ha estimado como probables responsables, sin que ello pueda traducirse en una violación al principio de presunción de inocencia.

“Pensar lo contrario, implicaría llegar al extremo de considerar que todas las diligencias llevadas a cabo con el fin de ejecutar órdenes de aprehensión (que se emiten con motivo de una causa penal, por existir datos suficientes para establecer la probable responsabilidad de una persona dentro de un hecho considerado como delito), son violatorias de los derechos de presunción de inocencia y de privacidad”, explicaron.

Dicha medida, abundaron, no puede considerarse violatoria, porque la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) considera que se trata de un límite legítimo, proporcional y, en el caso, necesario para la actividad punitiva, pero que respeta el piso mínimo de derechos del indiciado.

En diciembre pasado, Ernestina Godoy, titular de la Fiscalía de Justicia de la Ciudad de México, dijo que existen tres órdenes de aprehensión contra Andrés Roemer por presuntos delitos de violación, e igual número de solicitudes de extradición presentadas ante el gobierno de Israel, y que están en proceso “dos casos más” para pedir la extradición.

IR

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.