Las ganas por asistir a un concierto, partido de futbol o las luchas, podrían hacer que hagas hasta lo impensable para conseguir un boleto y ver el espectáculo. Recientemente, el cantante Luis Miguel anunció que regresaría a los escenarios con varias fechas en el país, pero ten cuidado que la compraventa de boletos falsos podría ocasionarte problemas más allá de no lograr ingresar al evento.
En redes sociales y en páginas de internet, existen personas que ofrecen boletos para conciertos y eventos deportivos o artísticos a precios más bajos o sin hacer filas virtuales, pero las entradas son apócrifas. No solo ello, sino que crean páginas falsas que dicen entregar al momento tu boleto luego de pagarlo mediante alguna transferencia o depósito bancario.
Por ejemplo, en redes sociales se ha difundido que existe una página web falsa que intenta vender boletos para los conciertos que dará Luis Miguel en la Ciudad de México y en Monterrey.
La página falsa es luismigueloficial.com.mx en donde muestra fotografías del cantante junto a un diseño parecido a la página oficial con un menú que se dedica al Tour 2023 de conciertos, aunque no hay ninguna opción para comprar los boletos.
Falsificación de documentos
El Artículo 243 del Código Penal Federal señala que el delito de falsificación se castigará, tratándose de documentos públicos, con prisión de cuatro a ocho años y de doscientos a trescientos sesenta días multa. En el caso de documentos privados, con prisión de seis meses a cinco años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días multa.
De acuerdo con el artículo 245 del mismo código, el delito de falsificación de documentos se sancionará toda vez que la persona que lo haga se proponga sacar algún provecho para sí o para otro, o causar perjuicio a la sociedad, al Estado o a un tercero.
También cuando alguien haga la falsificación sin consentimiento de la persona a quien resulte o pueda resultar perjuicio o sin el de aquella en cuyo nombre se hizo el documento.
Falsificación de boletos
Según lo estipulado en el Artículo 242 del Código Penal Federal, existen sanciones para la persona que cometa la falsificación de boletos.
Por lo que se impondrán prisión de tres meses a tres años y multa de veinte a mil pesos al que falsifique llaves, el sello de un particular, un sello, marca, estampilla o contraseña de una
casa de comercio, de un banco o de un establecimiento industrial; o un boleto o ficha de un espectáculo público.
El Artículo 28 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México señala que es una infracción ofrecer o propiciar la venta de boletos de espectáculos públicos, con precios superiores a los autorizados.
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En entrevista con MILENIO, Roberto Ortiz, maestro en Derecho Penal, explicó que se trata de una falsificación de documentos privados (al ser emitidos por una empresa) con los cuales se lucra por medio de la venta ilegal de boletos para eventos públicos, pero desafortunadamente no hay una legislación en materia de la venta o adquisición de boletos falsos.
El abogado señala que la ley "no dice que quien venda un boleto falso se le impondrá tal pena" y refirió que todo caso sí podría señalarse el delito de fraude, el cual está estipulado en el Código Penal para el Distrito Federal.
Código Penal para el Distrito Federal
ARTÍCULO 230
Al que por medio del engaño o aprovechando el error en que otro se halle, se haga ilícitamente de alguna cosa u obtenga un lucro indebido en beneficio propio o de un tercero, se le impondrán:
I. De veinticinco a setenta y cinco días multa, cuando el valor de lo defraudado no exceda de
cincuenta veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente, o no sea posible determinar
su valor;II. Prisión de cuatro meses a dos años seis meses y de setenta y cinco a doscientos días multa, cuando el valor de lo defraudado exceda de cincuenta pero no de quinientas veces la Unidad de Cuenta de
la Ciudad de México vigente;III. Prisión de dos años seis meses a cuatro años y de doscientos a quinientos días multa, cuando el valor de lo defraudado exceda de quinientas pero no de cinco mil veces la Unidad de Cuenta de la
Ciudad de México vigente;IV. Prisión de cuatro a seis años y de quinientos a ochocientos días multa, cuando el valor de lo defraudado exceda de cinco mil pero no de diez mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de
México vigente;yV. Prisión de seis a once años y de ochocientos a mil doscientos días multa, cuando el valor de lo
defraudado exceda de diez mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente.
Boletos robados
No obstante, sobre la venta virtual o mediante redes sociales de boletos falsos no es señalada como una infracción pues ésta sólo será castigada cuando se comete en la vía pública.
El especialista cuestionó cómo es que se obtienen boletos de revendedores, quienes aprovechan la necesidad de las personas por obtener una entrada, por ejemplo, para un concierto y que desean comprar incluso a un precio más bajo. "En Facebook alguien publica 'te consigo tu boleto al 50 por ciento', entonces van y lo piden", comentó.
Incluso no descartó que haya bandas bien organizadas dentro de las empresas boleteras "que extraen los boletos que están foliados y después los reportan como robados y estos boletos se convierten en apócrifos".
El comprar o vender boletos falsos, dice el abogado, se considera una falta administrativa y la persona es presentada ante un juez cívico donde se les impone una multa o 36 horas de arresto como máximo y después se le pone en libertad.
"Como tal no existe una prisión preventiva o una punibilidad jurídica como para que puedan estar dentro del reclusorio. No estás cometiendo un delito, estás cometiendo una falta administrativa por la reventa (...) no es una pena de tres a cinco años por estar revendiendo boletos ", dijo el abogado.
¿Comprar un boleto falso es un delito?
Para el caso en que una persona adquiera un boleto que después se entera que es falso, podría haber una repercusión jurídica bajo el Artículo 243 del Código Penal para el Distrito Federal por el delito de encubrimiento por receptación.
Es decir, que la persona sin saberlo obtuvo un boleto producto de un delito ya que "sin consentimiento o sin conocimiento de esa circunstancia adquiriste el boleto porque lo compraste de buena fe", comentó el abogado,
ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN
ARTÍCULO 243
Se impondrán de dos a siete años de prisión y multa de cincuenta a ciento veinte Unidades de Medida y Actualización vigente, a quien después de la ejecución de un delito y sin haber participado en él, adquiera, posea, desmantele, venda, enajene, trafique, pignore, reciba, traslade, use u oculte el o los instrumentos, objetos o productos de aquél, con conocimiento de esta circunstancia si el valor de cambio no excede de quinientas veces la Unidad de Medida de Actualización vigente.
Si el valor de estos es superior a quinientas veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, se impondrán de cinco a diez años de prisión y multa de doscientas a mil quinientas Unidades de Medida y Actualización vigente.
Cuando el o los instrumentos, objetos o productos de un delito se relacionan con el giro comercial del tenedor o receptor, si éste es comerciante o sin serlo se encuentra en posesión de dos o más de los mismos, se tendrá por acreditado que existe conocimiento de que proviene o provienen de un ilícito.
Fuente:Código Penal para el Distrito Federal
Venta de boletos falsos por internet
La Unidad de Policía Cibernética, de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, realiza patrullajes y monitoreos en la red pública de internet, mediante los cuales ha detectado en ocasiones a cibercriminales que ofertan boletos apócrifos para eventos masivos, a través de redes sociales.
Los ciberdelincuentes ofrecen boletos de diversos eventos a costos por debajo de su precio real.Por ejemplo, para conciertos de artistas de moda por su alta demanda en las páginas de venta autorizadas, boletos que ofrecen como de última oportunidad cuando las entradas están agotadas en sitios oficiales y aquellos que simulan estar más baratos que su precio al público en general.
De acuerdo con el monitoreo y denuncias recibidas, en algunos sitios también se ofertan entradas a conciertos, partidos de futbol, eventos artísticos y culturales, entre otros, en los que las páginas fraudulentas se hacen pasar por boleteras oficiales y defraudan a las personas que, al querer ingresar al evento, no pueden acceder porque el ticket es falso.
Recomendaciones para evitar un fraude
La Unidad de Policía Cibernética de la SSC cuenta con recomendaciones para las personas que deseen comprar boletos a través de páginas de internet no sean víctimas de fraudes.
- Verificar la autentificación de los sitios o páginas en las que navegas.
- Observar que las páginas no tengan faltas de ortografía y que las imágenes gráficas sean de buena calidad.
- Comprobar la autenticidad de una página y toma en cuenta que la dirección URL comience con https:, la “S” al final significa que es un sitio con comunicación encriptada o “un sitio seguro”.
No existe una regla que aplique para saber si un sitio es totalmente seguro a partir del certificado de seguridad, sin embargo, este se convierte en un punto a favor para el mismo.
- Si tienes dudas sobre la veracidad de una página web, haz una captura de pantalla o copia la URL para enviarla a la Policía Cibernética, cuyo personal te ayudará a identificar sitios fraudulentos.
- Consultar los términos y condiciones de las plataformas o aplicaciones, antes de poner en riesgo tu patrimonio al ingresar datos personales y bancarios.
- Corroborar con las plataformas de venta en línea para saber si cuentan con una asociación legal con dichas aplicaciones.
- Instalar un antivirus en todos los dispositivos que utilices para navegar en la web, esto para evitar que sean vulnerables al robo de información.
- Verificar las estadísticas de descargas y opiniones sobre las aplicaciones que desees instalar.
- Revisar los permisos que solicitan los proveedores para acceder a la información personal y otras funciones de los dispositivos móviles.
¿Dónde denunciar la venta de boletos falsos?
La SSC recuerda a la ciudadanía que, si es víctima de un delito, acuda inmediatamente a presentar su denuncia ante cualquier agente del Ministerio Público y, en caso de detectar algún anuncio sospechoso o una aplicación irregular, contacte a la Unidad de Policía Cibernética al correo electrónico policia.cibernetica@ssc.cdmx.gob.mx o al teléfono 5242 5100 ext. 5086.
También pueden denunciar a través de las cuentas de redes sociales oficiales en Twitter en @SSC_CDMX y @UCS_GCDMX, y en Facebook como Policía Ciudad de México.
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