Ben Saul, relator Especial de Naciones Unidas sobre la promoción y protección de los derechos humanos, así como las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, planteó que los ataques de Estados Unidos a lanchas de presuntos narcotraficantes podrían ser considerados como ejecuciones extrajudiciales, pues designar a una organización criminal como grupo terrorista no convierte a sus miembros en combatientes de guerra.
El australiano dio a conocer este lunes su más reciente nota informativa titulada Matar ‘narco-terroristas’ en el mar, en la que concluye que los bombardeos estadunidenses contra lanchas en el Caribe y el Pacífico "constituyen ejecuciones extrajudiciales sistemáticas que vulneran el derecho a la vida”, por lo que podrían ser crímenes contra la humanidad.
“Al no estar justificados ni por legítima defensa ni por el derecho internacional humanitario, el derecho internacional del mar, los convenios sobre la represión del tráfico de estupefacientes o el derecho internacional antiterrorista”, indicó.
El relator agregó en su documento un recuento en el que establece que, de septiembre de 2025 a agosto de 2026, las fuerzas estadunidenses atacaron 68 embarcaciones fuera del mar territorial de cualquier país, en las cuales mataron al menos a 223 personas.
Mediante una orden presidencial de enero de 2025, Estados Unidos designó a varios cárteles como organizaciones terroristas y desde entonces ha tratado a sus integrantes como objetivos militares, aunque para Saul esas designaciones no cambian nada en el derecho de la guerra.
"La inclusión de grupos en listas como 'terroristas' no tiene relevancia jurídica alguna al evaluar la intensidad y la organización conforme al derecho humanitario", estableció.
No habría organizaciones criminales relacionadas
El relator explicó que los grupos señalados no son "grupos armados organizados" en términos del derecho internacional humanitario, aunque puedan ser “organizados” conforme la legislación contra la delincuencia organizada transnacional.
Según el experto, a esos grupos les faltan los rasgos de una organización militar vinculada a hostilidades, como la capacidad de planear y lanzar operaciones militares, reclutar y entrenar combatientes, así como armar y abastecer fuerzas.
Ben Saul también destacó la ausencia de conflicto armado, por lo que el derecho internacional humanitario no puede autorizar los ataques de Estados Unidos.
“El umbral para un conflicto armado no internacional exige hostilidades militares bilaterales de suficiente intensidad en las que participen un Estado y uno o varios grupos armados organizados, independientemente del motivo. No existen tales hostilidades”, explicó.
“Se alega que los grupos mencionados se dedican al tráfico de drogas, actividad que no conlleva combates militares intensos. Por el contrario, la violencia es unidireccional: Estados Unidos ataca embarcaciones no militares e individuos en tiempos de paz”, señaló.
Los ataques pudieron haberse evitado
La nota informativa del relator subraya que el secretario de Estado de Estados Unidos admitió que las lanchas podían haber sido interceptadas, pero que se optó por destruirlas “para disuadir a otros narcotraficantes".
"En al menos un incidente, dos náufragos sobrevivientes de un ataque inicial fueron atacados posteriormente y asesinados. Entre las víctimas de los ataques hay pescadores, migrantes y víctimas de trata de personas", agregó.
Saul también mencionó tres embarcaciones ecuatorianas hundidas en circunstancias sospechosas sin que nadie se atribuyera los ataques. Una de ellas es el pesquero Fiorella, cuya tripulación era de 10 personas, de las cuales ocho están desaparecidas.
"Existen motivos razonables para creer que los 68 ataques reportados, que mataron a 223 personas, constituyeron crímenes de lesa humanidad de asesinato conforme al derecho internacional consuetudinario", advirtió Ben Saul.
El relator compara el caso con el del expresidente filipino Rodrigo Duterte, juzgado por crímenes de lesa humanidad por atacar a presuntos delincuentes, incluidos infractores de las leyes de drogas.
AG