Un tribunal colegiado rechazó amparar al empresario argentino Carlos Ahumada, quien buscaba que el juez que ordenó su aprehensión, por el presunto delito de defraudación fiscal equiparable por un millón 647 mil 236 pesos, deje de conocer el caso y que sea un juez del Nuevo Sistema de Justicia Penal el que lo analice.
El 7 de marzo de 2017, la entonces Procuraduría General de la República (PGR) consignó la averiguación previa PGR/UEAF/045/2016. Trece días después, el juez Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales otorgó el mandamiento judicial por considerar ser competente de la causa penal 6/2017.
El empresario presentó un escrito el 15 de julio de 2020, por el cual solicitó al juez declinar competencia y remitiera todo lo actuado al juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México, en turno. Sin embargo, el juzgador determinó reservar la petición, porque dijo que este asunto se encuentra suspendido y solo se podrá reiniciar cuando Carlos Ahumada sea detenido y presentado a comparecer.
“(…) al encontrarse suspendido el procedimiento, nos encontramos ante una imposibilidad jurídica para resolver las cuestiones planteadas durante esta etapa procesal, porque esta sub júdice a la orden de aprehensión; por lo que, hasta en tanto no se ponga a disposición de esta autoridad, no se pueden acordar. Lo anterior no quiere decir que se encuentre en estado de indefensión”, enfatizó el juzgador.
Carlos Ahumada presentó un recurso de queja argumentando que el juez es incompetente para conocer su caso y señaló que la averiguación previa dio inicio con motivo de la formulación de una querella presentada el 11 de octubre de 2016, pero la autoridad inició y tramitó dicha indagatoria con fundamento en un ordenamiento legal abrogado en lugar de aplicar el proceso penal acusatorio. No obstante, el Sexto Tribunal Unitario en Materia Penal declaró infundado el recurso interpuesto.
Ante esta situación, Carlos Ahumada promovió un amparo, pero la magistrada Gabriela Vieyra Pineda, titular del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal, resolvió negar la protección de justicia.
La magistrada coincidió con la resolución del sexto tribunal porque el juez que ordenó la captura no fue omiso a la petición del empresario, “en virtud de que el proceso penal del que deriva el recurso se encuentra suspendido, por lo que existe la imposibilidad legal para resolver sobre el tema de competencia debatido”.
Agregó que la orden de aprehensión sigue firme porque no ha sido revocada, modificada o nulificada, y una vez lograda la captura de Carlos Ahumada, el proceso continuará su curso, momento en que se podrán desahogar sus peticiones.
Tras el fallo, Carlos Ahumada presentó un recurso de revisión, pero el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal confirmó la resolución de la magistrada Gabriela Vieyra, es decir, le negó nuevamente el amparo.
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