Tribunal suspende resolución a favor de SHCP en caso de Guillermo Padrés

El ex gobernador de Sonora se amparó contra la reposición de procedimiento. La SHCP buscaba saber cuántos bienes tiene para embargarlos por si pierde juicio por defraudación fiscal por 70 mdp

Guillermo Padrés, ex gobernador de Sonora. (Cuartoscuro)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un tribunal federal suspendió temporalmente la resolución de un magistrado federal que ordenó reponer el procedimiento en el caso donde la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) busca conocer si el ex gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, cuenta con los bienes necesarios para embargarlos en el juicio que enfrenta por una defraudación fiscal de 70 millones de pesos.

El ex mandatario estatal promovió un amparo porque el magistrado Manuel Bárcena Villanueva, titular del Segundo Tribunal Unitario en Materia Penal, ordenó a un juez de Distrito reponer el procedimiento debido a violaciones procesales.

La Secretaría de Hacienda busca que diversas dependencias informen cuántos bienes tiene el ex gobernador y de esta manera embargarlos de manea precautoria como medida para reparar el daño por si llega a perder su juicio.

A principios de este año, la secretaría promovió un incidente no especificado de embargo precautorio de bienes para saber el número de propiedades de Guillermo Padrés, quien hasta hoy no ha recibido sentencia.

La SHCP tramitó el incidente ante Guillermo Urbina Tanús, juez Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales, pero el juzgador lo declaró infundado. La secretaría apeló, pero el juzgador desechó el recurso.

Ante esta situación, la SCHP interpuso un recurso de denegada apelación, la cual fue aceptada a trámite por el Segundo Tribunal Unitario en Materia Penal, mismo que el pasado 5 de octubre ordenó reponer el procedimiento.

La demanda de garantías de Guillermo Padrés fue admitida a trámite por Gabriela Vieyra Pineda, titular del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal, quien le otorgó una suspensión provisional que impide que se ejecute la resolución judicial.

“En virtud de que el acto reclamado consiste en la resolución en la que se ordenó la reposición del procedimiento…se concede la suspensión provisional solicitada, respecto del acto reclamado a las autoridades antes señaladas, para el siguiente efecto: Que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan, esto es, no se lleve a cabo la reposición ordenada…”, detalla el acuerdo de Vieyra Pineda.

La magistrada fijó para el próximo 27 de octubre la celebración de la audiencia incidental, donde determinará si otorga o no la suspensión definitiva a Guillermo Padrés. En caso de concederse, la resolución de Bárcena Villanueva no podrá cumplirse hasta que se resuelva de fondo el amparo.

​bgpa

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