El Colegio Enrique Rébsamen quedará bajo el resguardo de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJ)para que continúe sus investigaciones sobre las causas que provocaron la muerte de 26 personas el 19 de septiembre de 2017, debido a que una juez federal se negó amparar a Mónica García Villegas, directora y dueña del plantel.
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La juez Décimo Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, Yazmín Eréndira Ruiz Ruiz, dijo en su sentencia que “resulta válido afirmar que la restricción de la disponibilidad de bien inmueble, se encuentra justificada, al existir necesidad de investigar los delitos cometidos en la sociedad”.
Por ello, dejó firme la resolución del juez quien ordenó asegurar el colegio el 13 de febrero del presente año, a petición de la Fiscalía Desconcentrada en Tlalpan, de la PGJ.
En el expediente se menciona que Mónica García Villegas argumentó que el aseguramiento no tenía una lógica de preservación, pues el inmueble ya había sido modificado conforme a su demolición realizada en septiembre de 2018, “por lo que era evidente que ese objetivo o requisito no cumplía y ello no podía ser utilizado como sustento para respaldar tal acto de investigación, ya que el artículo 229 del Código Nacional de Procedimientos Penales, dispone que se realizará el aseguramiento a fin de que no se altere, destruyan; lo que no es acorde a lo que ya había acontecido”.
Sin embargo, la PGJ señaló que si bien en el mes de agosto a octubre de 2018, se llevaron a cabo trabajos de remoción de escombros en la construcción colapsada, también lo era que en el interior del inmueble aún se encontraban en pie tres edificios correspondientes al colegio, así como diversos objetos, documentos, mobiliario escolar y de oficina.
“De ahí que se justifique la necesidad de preservar el bien en las condiciones que actualmente se encuentran; además, justificó las causas por las cuales se debe decretar la técnica de investigación sobre el predio, el cual es considerado como instrumento del delito”, mencionó la juez.
De igual forma, abundó la juzgadora, obran oficios firmados por la representación social, dirigidos al secretario de Seguridad y Director General del Registro Público de la Propiedad y Comercio, ambos de esta ciudad, a quienes se solicitó la designación de elementos necesarios a efecto de que custodiaran el inmueble sobre el cual recayó la medida.
“También se pidió que se registraran en los folios reales respectivas, el acuerdo de aseguramiento el cual se encuentra a disposición. Bajo ese orden de ideas, resulta incuestionable que se colmaron las exigencias legales antes indicadas; motivo por el cual, resultan infundados los motivos de disenso”, puntualizó Eréndira Ruiz.
Durante este juicio, padres de los niños que perdieron la vida, solicitaron como terceros interesados que no se levante el aseguramiento.
irh