¿Cómo se castiga la corrupción de menores en Edomex? AQUÍ te decimos de cuántos años es la pena

La pena por inducir a menores de edad a realizar cualquier actor ilicito puede llegara ser de hasta 10 de años de prisión.

Corrupción de menores en el Estado de México. Foto: (Archivo)
Claudia Hidalgo
Toluca /

La corrupción de menores, es decir incitar a personas con menos de 18 años de edad al consumo de bebidas alcohólicas, narcóticos o sustancias tóxicas; a la pornografía, la asociación delictuosa, el uso o tráfico de armas o a exhibicionismo corporal o a cometer actos sexuales se castiga en el Estado de México con penas de hasta 15 años de prisión y 7 mil días de multa.

Aunque el término “corrupción de menores” no está contemplado de esa manera en el Código Penal del Estado de México, se establece un apartado especial para los delitos que se cometen contra el pleno desarrollo y la dignidad de la persona, en específico para menores de edad y quienes no tienen la capacidad para comprender el significado de diversos hechos. 

En otros estados

La legislación de la Ciudad de México indica expresamente el término “corrupción de personas menores de edad o personas que no tengan capacidad para comprender el significado del hecho o de persona que no tenga capacidad para resistir la conducta” y contempla sanciones de hasta 18 años de cárcel. Tiene mucha similitud con el Estado de México, pero incluye la mendicidad como un acto de corrupción.

El Código Penal del Estado de Veracruz impone hasta 18 años de prisión por estas conductas; mientras, la legislación de Nuevo León se considera hasta 12 años de cárcel, pero considera como falta a quien realice, procure o facilite cualquier trastorno sexual o la depravación, además considera el fomento del tabaquismo o productos inhalables con nicotina o les facilite juegos de azar.

¿Qué es la corrupción de menores?

De acuerdo con el artículo 204 del Código Penal del Estado de México, cometen el delito contra las personas menores de edad y quienes no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho, a quien, por cualquier medio, obligue, procure induzca o facilite: el consumo de bebidas alcohólicas, narcóticos o sustancias tóxicas; organice o realice eventos en inmuebles particulares para facilitar el consumo de alcohol o drogas; invite a formar parte de una asociación delictuosa o pandilla.

Asimismo, a quien ayude al uso o tráfico de armas prohibidas sin un fin ilícito; promuevan actos sexuales o exhibiciones corporales de forma pública o privada; a quienes fomente que menores de edad vivan juntos y hagan una vida en común, incluso si son los padres; la venta de bebidas alcohólicas o sustancias tóxicas a menores; fomente la pornografía, el exhibicionismo corporal, erótico o sexual; engañe a menores para tener un encuentro o acercamiento físico.

Las penas llegan hasta 10 años de prisión, pero incrementan hasta en 50 por ciento cuando se cometen en un perímetro de 500 metros o menos, de una estancia infantil, institución educativa, parques públicos o centros deportivos.

También se considera en este rubro el pago o la promesa de dar dinero o alguna otra cosa a una persona menor de 18 años con la intención de tener cópula o sostener actos eróticos sexuales con ellas.

PNMO

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