Corte analizará programa 'Quédate en México'

La ministra Ríos Farjat presentará un proyecto donde propone ordenar que la Segob y el INM elaboren reglas para la recepción de migrantes por razones humanitarias.

El proyecto contempla que para garantizar los derechos de los extranjeros, debe quedar plasmada en el DOF. (Archivo)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La política que México ha adoptado desde 2019 de recibir en territorio nacional a migrantes de otros países mientras se resuelve su situación de asilo en Estados Unidos, a raíz del programa Quédate en México, será tema de debate en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La ministra Margarita Ríos Farjat presentará un proyecto donde propone ordenar que la Secretaría de Gobernación (Segob) y el Instituto Nacional de Migración (INM) elaboren estrategias y acciones para implementar el procedimiento por el cual se están recibiendo a los migrantes por razones humanitarias.

En el documento se menciona que nuestro país ha dado a conocer su política migratoria a través de comunicados entre ambas naciones.

Sin embargo, para garantizar los derechos humanos de los extranjeros, esta política debe quedar plasmada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En esta tarea que, ordena participar a la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Segob, se pide dejar claro cómo se garantizarán los derechos humanos de los migrantes durante el procedimiento establecido para su recepción.

Además, brindar una atención adecuada a las personas que enfrentan situaciones de vulnerabilidad, entre ellas, la información necesaria para que instituciones y asociaciones civiles puedan acompañarlas, asesorarlas y otorgarles apoyo.

El proyecto que está previsto debatirse en la primera sala el próximo 21 de septiembre, detalla que deben emitirse directrices de coordinación que promuevan la adopción de las medidas que tiendan a proteger y respetar los derechos humanos, con la finalidad de que los extranjeros que se están recibiendo, tengan la certeza sobre la situación jurídica que guardarán durante el tiempo en que permanecerán en México.

Asimismo, que los migrantes tengan conocimiento sobre las posibilidades con las que cuentan para salvaguardar sus derechos, así como la información necesaria para conocer los procedimientos o lineamientos bajo los cuales pueden sujetarse, dada su condición de solicitantes de asilo en espera de resolución en otro país.

De igual manera, se debe garantizar que los migrantes conozcan el seguimiento a sus procedimientos en Estados Unidos, por no encontrarse físicamente en el lugar donde se tramita su solicitud de asilo.

Por su parte, el INM deberá adoptar e incluir medidas integrales con perspectiva de género para salvaguardar los derechos humanos de las mujeres migrantes que se encuentren en México.

La propuesta deriva de un amparo en revisión interpuesto por la asociación civil Instituto para las Mujeres en la Migración, a la que se propone otorgar la protección de la justicia.

Antecedentes

En 2019, el gobierno norteamericano decidió enviar de manera unilateral a nuestro país a los migrantes mientras aguardan la resolución de sus procesos.

Ante dicha determinación, el gobierno mexicano se pronunció en diversos comunicados, en los que indicó que, por razones humanitarias, recibiría a las personas migrantes de manera temporal.

Posteriormente, ambas naciones firmaron una declaración conjunta, en la que se señalaron diversas acciones para la implementación del envío de las personas migrantes y su recepción en nuestro país.

La asociación alegó que en la recepción de las personas migrantes las autoridades mexicanas han incurrido en diversas omisiones que no le han permitido cumplir con su objeto social relativo a la defensa de tal población, porque dichos acuerdos no están en el DOF.

Igualmente, que las mujeres migrantes están más expuestas a la violencia generalizada que se vive en el país, por la condición específica que las caracteriza y que, por ello, debe incluirse una perspectiva de género en la política migratoria adoptada por las responsables para su recepción

En primera instancia, el juez federal que conoció el asunto determinó sobreseer el juicio por dos razones: porque consideró que la asociación carece de interés legítimo y porque los actos reclamados no pueden ser materia de control constitucional por constituir una facultad exclusiva del Poder Ejecutivo.


DMZ

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.