Corte anula reformas que reducían financiamiento a partidos en Tabasco

La SCJN resolvió que el Congreso de la Unión es el único facultado para legislar sobre la materia.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Las reformas a la Constitución de Tabasco, que establecían disminuciones del 50 por ciento en el financiamiento público a los partidos políticos decretadas en octubre de 2018, fueron anuladas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por unanimidad, el Pleno de la Corte avaló el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien propuso invalidar las modificaciones a la carta magna local por violar los artículos 41 y 116 de la Constitución federal, numerales que establecen los criterios para el financiamiento de los institutos políticos.

La Corte resolvió que el Congreso de la Unión es el único facultado para legislar sobre la materia.

El tema llegó al Alto Tribunal porque los partidos de la Revolución Democrática, Revolucionario Institucional y Verde Ecologista, además de la PGR (hoy Fiscalía General de la República), presentaron acciones de inconstitucionalidad contra las reformas publicadas en el Decreto OO4 del Congreso del Estado de Tabasco.


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